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| Tratado de Asunción | |||
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| También conocido como | |||
| Siglas | |||
| Abierto para firmas | 26 de marzo de 1991 en Asunción | ||
| Entró en vigor en | 29 de noviembre de 1991. | ||
| Condiciones para entrar en vigor | 30 días después de la fecha del depósito del tercer instrumento de ratificación | ||
| Estados-parte | Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. | ||
El Tratado de Asunción fue un tratado firmado en 26 de marzo de 1991 , entre la Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay , con el objetivo de crear un mercado común entre los países despertados formando entonces, lo que popularmente fue llamado de Mercosur (oficialmente Mercado Común del Sur y en lengua española Mercado Común del Sur). Más tarde, en 1994, el Protocolo de Oro Negro fue firmado como un complemento del Tratado, estableciendo que el Tratado de Asunción fuera reconocido jurídicamente e internacionalmente como una organización.
Tabla de contenido |
Los antecedentes de una integración latina remontan al pan-americanismo preconizado por Simón Bolívar el siglo XIX, con el objetivo de integración de la América española. De allá para ka, hube varios tipos de organizaciones y tratados a fin de la integración econômia y social de América del Sur. En 25 de febrero de 1948 fue creada la Comisión Económica para la América Latina (CEPAL) con el objetivo de elaborar estudios visando a la integración de los países y la ampliación de los mercados nacionales para el desarrollo industrial. En 1960 fue creada la Asociación Latino-Americana de Libre Comercio (ALALC) con el mismo objetivo de integración regional, pero durante toda la década de 70, la ALALC no había conseguido un mercado común entre los países, los países de América del Sur no conseguían competir en el mercado internacional y la crisis de integración se agravó debido a crisis del petróleo. En 1969 fue creado el Pacto Andino con la finalidad de integración entre los países: Bolivia, Colombia, Ecuador, Pavo y Venezuela , Chile y el Panamá participan como observadores. En 1980 fue creada la Asociación Latino-Americana de Integración (ALADI) para la integración económica entre Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela . En 1990, Brasil y Argentina firmaron el Tratado de Buenos Aires de integración económica entre los dos países y en complemento al Tratado de Buenos Aires, en 1991 fue firma del Tratado de Asunción, con la entrada del Uruguay y Paraguay , para la constitución del Mercosur.
En consonancia con el original Tratado de Asunción [1]:
Sobre lo que será el Mercosur:
Los Estados Partes deciden constituir un Mercado Común, que deberá estar establecido a 31 de diciembre de 1994, y que se denominará "Mercado Común del Sur" (MERCOSUR). Este Mercado Común implica:
La libre circulación de bienes servicios y factores productivos entre los países, a través, entre otros, de la eliminación de los derechos aduaneros restricciones no tarifárias a la circulación de mercado de otra medida de efecto equivalente;
El establecimiento de una tarifa externa común y la adopción de una política comercial común en relación a terceros Estados o agrupaciones de Estados y la coordinación de posiciones en foros económico-comerciales regionales e internacionales;
La coordinación de políticas macroeconómicas y setoriais entre los Estados Partes - de comercio exterior, agrícola, industrial, fiscal, monetaria, cambiaria y de capitales, de servicios, aduanera, de transportes y comunicaciones y otras que se despierten -, a fin de asegurar condiciones adecuadas de competencia entre los Estados Partes; y
El compromiso de los Estados Partes de armonizar sus legislaciones, en las áreas pertinentes, para lograr el fortalecimento del proceso de integración.
Sobre la reducción de tarifas aduaneras:
a) Un Programa de Liberação Comercial, que consistirá en reducción tarifárias progresivas, lineales y automáticas, acompañadas de las eliminación de restricciones no tarifárias o medidas de efecto equivalente, así como de otras restricciones al comercio entre los Estados Partes, para llegar a 31 de diciembre de 1994 con tarifa cero, sin barreras no tarifárias sobre la totalidad del universo tarifário (Anexiono I);
La estructura del Mercosur, en consonancia con el Artículo 1º del Tratado de Oro Negro [2], se consolidó en:
Las críticas más ferrenhas vienen de la Ministra Maria Cristina Peduzzi, del Tribunal Superior del Trabajo del Brasil, a la Declaración Socio-Laboral del Mercosur[3]. En respuesta a los Estados-Partes, las críticas evidenciam el exceso de influencia de los aspectos comerciales, económicos y tributarios de la integración, y el descuido de las demandas sociales. El artículo 1º del Tratado de Asunción evidencia que los Estados-partes deberán armonizar las respectivas legislaciones internas sin al menos citar derechos laborales.
En otra crítica, el profesor Hector Alimonda, del curso de polvos-graduação en Desarrollo Agrícola en la UFRJ [4] dice que el Uruguay fue forzado a aceptar el tratado por sus divisas sean con Brasil y Argentina para no quedar aislado de acuerdos con los vecinos, dije que el Tratado no cita el principio de reciprocidade de resultados, beneficios obtenidos y distribución eqüitativa entre los países miembros por ser (Uruguay y Paraguay ) con más pequeño desarrollo.
El Mercosur cuenta con cinco Estados miembros: Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela ; cinco Estados asociados: Bolivia, Chile, Perú, Colombia y Ecuador ; y México como país observador. El Mercosur fue significativamente enflaquecido por el colapso de la economía argentina en 2002 e industrial del Brasil 2003 en delante, algunos críticos creen que la negativa de ayuda del gobierno Bush fue basada en un deseo de enflaquecer el Mercosur. Muchos países suramericanos ven el Mercosur como un instrumento de contra-ataque la influencia negativa de los Estados Unidos en sus países, tanto en la forma del área de Libre Comercio de Américas cuando en la de tratados bilaterales.
A pesar del esfuerzo entre esos países, el Mercosur es sólo un protocolo adicional al ya encontrado naturalmente en las regiones fronterizas. Sólo establece oficiosamente normas a cumplir entre naciones que garantizan el libre acceso sin garantía de continuidad a las inversiones que van además de sus respectivas fronteras.