| República Federativa del Brasil |
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Orden Política
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El Brasil es una república federal presidencialista, de régimen democrático-representativo. ES una república porque el Jefe de Estado es eletivo y temporal. El Estado brasileño es una federación pues es compuesto de estados dotados de autonomía política garantizada por la Constitución Federal y del poder de promulgar sus propias Constituciones. ES una república presidencial porque las funciones de jefe de Estado y jefe de gobierno están reunidas en un único órgano: el Presidente de la República. ES una democracia representativa porque el pueblo difícilmente ejerce su soberanía, sólo eligiendo el jefe del poder ejecutivo y sus representantes en los órganos legislativos, como también directamente, mediante plebiscito, referéndum e iniciativa legislativa popular. Eso acontece raramente, lo que no caracteriza una democracia representativa
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El Estado brasileño es dividido primordialmente en tres esferas de poder: el Poder Ejecutivo, el Legislativo y la Judicatura . El jefe del Poder Ejecutivo es el presidente de la República, elegido por el voto directo para un mandato de cuatro años, renovable por cuatro más. En la esfera estadual el Ejecutivo es ejercido por los gobernadores de los estados; y en la esfera municipal por los alcaldes. El Poder Legislativo es compuesto, en ámbito federal, por el parlamento, siendo este bicameral: hendido entre la Cámara y Senado. Para la Cámara, son elegidos los diputados federales para dividir las sillas en una razón de modo a respetar al máximo las diferencias entre las veintisiete Unidades de la Federación, para un periodo de cuatro años. Ya en Senado, cada estado es representado por 3 senadores para un mandato de ocho años cada. En ámbito estadual, el Legislativo es ejercido por las Asambleas Legislativas Estaduais; y en ámbito municipal, por las Cámaras Municipales.
El Brasil posee veintiséis estados y un Distrito Federal, cada cuál con un Gobernador electo por el voto directo para un mandato de cuatro años renovable por cuatro más, así como acontece con los Alcaldes. Tanto los estados cuanto los municipios tienen sólo una casa parlamentaria: en el nivel estadual los diputados estaduais son elegidos para 4 años en la Asamblea Legislativa y en el nivel municipal, los concejales son elegidos para la Cámara Municipal para igual periodo.
Finalmente, hay el Poder Judicial [1], cuyo ejemplar máximo es el Supremo Tribunal Federal [2], responsable por interpretar la Constitución Federal y compuesto de once Ministros indicados por el Presidente bajo referéndum de Senado, de entre indíviduos de renomado sepa jurídico. La composición de los ministros del STF no es completamente renovada cada mandato presidencial: el presidente solamente indica un nuevo ministro cuando uno de ellos se jubila o viene a fallecer.