La organización internacional es una asociación voluntaria de sujetos de derecho internacional (casi siempre Estados), constituida mediante acto internacional (generalmente un tratado), de carácter relativamente permanente, dotada de normativa y órganos de dirección propios, cuya finalidad es alcanzar los objetivos comunes determinados por sus miembros constituyentes.
Las organizaciones internacionales, una vez constituidas, adquieren personalidad internacional independiente de la de sus miembros constituyentes, pudiendo, por lo tanto, adquirir derechos y contraer obligaciones en su nombre y por su cuenta, inclusive por intermédio de la celebración de tratados con otras organizaciones internacionales y con Estados, en los términos de su acto constitutivo. La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales, de 1986, buscó disciplinar las normas de derecho internacional aplicables al poder convencional de las organizaciones internacionales.
Nos tengamos que su acto constitutivo, las organizaciones internacionales poseen el derecho de legação, pudiendo mantener relaciones diplomáticas con otros sujetos de derecho internacional. En general, tanto el derecho de legação activo (enviar representante) como el passivo (recibirlo) son ejercidos por medio de observadores. En el caso del derecho de legação passivo, la organización internacional puede celebrar tratados ("Acuerdos de Sede") con el Estado en cuyo territorio está localizada, de manera a extender, a los observadores que recibe, privilegios e imunidades.
En derecho internacional, el término organización internacional se aplica sólo a la organizaciones constituidas por Estados, y no a la llamadas organizaciones no-gubernamentales, formadas por la sociedad civil y que poden, eventualmente, tener intereses y actuación internacionales.