Jurisdicción
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Se da el nombre de jurisdicción (del latim juris, "derecho", y dicere , "decir") al poder que detiene el Estado para aplicar el derecho al caso concreto, con el objetivo de solucionar los conflictos de intereses y, con eso, resguardar la orden jurídica y la autoridad de la ley.
Definición
En su sentido propio, la jurisdicción compite sólo a los órganos del Poder Judicial, aunque en derecho administrativo también se hable en "jurisdicción administrativa", así como en "jurisdicción" simplemente como el límite de la cualificación administrativa de un órgano público.
Del punto de vista de la teoría de la criba de los poderes, la jurisdicción es la función precípua del Poder Judicial, siéndole acrescida, en algunos sistemas jurídicos nacionales, la función del control de constitucionalidade.
Como regla, la función jurisdicional es ejercida solamente delante de casos concretos de conflictos de intereses, cuando provocada por los interesados.
En el sentido coloquial, la palabra jurisdicción designa el territorio (estado o provincia, municipio, región, país, países-miembros etc.) sobre el cual este poder es ejercido por determinada autoridad o Juízo.
El tema de la jurisdicción es objeto de estudio de las disciplinas de derecho constitucional, derecho internacional privado, derecho procesal y derecho administrativo, de entre otras.
Características de la jurisdicción en el derecho brasileño
La jurisdicción en el derecho brasileño posee las siguientes características:
- Unidad: la jurisdicción es una, no se subdivide;
- Secundariedade: solamente después de la tentativa de composición es que se debe accionar la jurisdicción;
- Imparcialidade: El Estado-juez no tiene interés en el desfecho del litígio;
- Substitutividade: la gana del Estado-juez sustituye a de las partes, que deben someterse al posicionamiento del Judicante.
Principios de la jurisdicción en el Derecho brasileño
- Inevitabilidade: una vez accionada la jurisdicción, no hay como las partes esquivarem-si del ejercicio del poder estatal, se obliga al cumplimiento del que sea decidido. Las partes tienen que sujetarse al resultado del proceso.
- Indeclinabilidade: El Estado tiene el deber de solucionar los litígios puestos su apreciación. Ninguna lesión o amenaza a derecho dejará de ser apreciada por el Poder Judicial. ES deber del órgano competente prestar la tutela jurisdicional.
- Investidura: El Estado ejerce la jurisdicción por sus órganos constitucionalmente definidos y ese función jurisdicional es ejercida por agentes políticos que llenen rigurosos criterios legales (aprobación en concurso de pruebas y títulos, tres años de práctica jurídica, formación en derecho; o nombrados por el jefe del Poder Ejecutivo para ingreso por el quinto constitucional o en tribunales superiores).
- Indelegabilidade: el magistrado no puede delegar su función jurisdicional.
- Inercia: El magistrado, en regla, debe ejercer su función jurisdicional por provocación del interesado.
- Aderência: La función jurisdicional está vinculada a una previa delimitación territorial definida en ley.
- Unicidade: El poder-deber del estado de ejercer la tutela jurisdicional es uno e indivisível, las divisiones de la jurisdicción son repartições administrativa para su mejor ejercicio (jurisdicción civil y jurisdicción penal, Justicia Federal y Estadual, de entre otras).
- Improrrogabilidade: La jurisdicción no puede ser ejercida fuera de la delimitación territorial donde tutéa el juez.
Jurisdicción voluntaria en el derecho brasileño
Precipuamente el Poder Judicial surgió para resolver los conflictos que surgen entre las personas.
La modernidade traje situaciones en que las personas pueden libremente transacionar, solamente siendo necesaria la homologación de las ganas contratuais, surgiendo de esa forma la jurisdicción voluntaria.
De esa forma los procedimientos especiales de jurisdicción voluntaria son aquellas acciones en que no habiendo controversias entre las partes no es necesaria la intervención del juez como árbitro, pero que a la vez tenga validez jurídica.
Para varios de esos procedimientos el Código de Proceso Civil reserva capítulos especiales con ritos propios y para otros, que no son especificados o no determinados, el procedimiento será lo de los artículos 1.104 a 1.112 del CPC.
La jurisdicción voluntaria no resuelve conflictos, pero sólo tutela intereses. No se puede hablar en partes, en el sentido en que esta palabra es tomada en la jurisdicción contenciosa.
También llamada de jurisdicción mona o inter volentes, la jurisdicción voluntaria, como el propio nombre dice, se refiere a la homologación de pedidos que no impliquen litígio.
Ejemplo de actos de jurisdicción voluntaria en el derecho brasileño
- actos meramente receptivos (función passiva del magistrado, como publicación de testamento particular - Código Civil, artículo 1646 - v. eventuales alteraciones traídas por la Ley 10.406 de 10.1.2002 Código Civil);
- actos de naturaleza simplemente certificante (legalização de libros comercias, "visto" en balances);
- actos que constituyen verdaderos pronunciamentos judiciales (criba amigável, interdição).
Ver también
Referencias
- NUNES, Elpídio Donizetti. Curso Didáctico de Derecho Procesal Civil, Ed. DelRey, 6ª ed., 2005.
- SANTOS, Moacyr Amaral, "Primeras Líneas de Derecho Procesal Civil", Ed. Saraiva, 14. ed., 1990.
- SAVINO HIJO, Cármine Antônio. Derecho Procesal Civil Resumido, Ed. América Jurídica, 6ª ed., 2006.