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El Grupo Mercado Común (GMC), órgano decisório ejecutivo del Mercosur, responsable de fijar los programas de trabajo, y de negociar acuerdos con terceros en nombre del MERCOSUR, por delegación expresa del CMC. El GMC se pronuncia por Resoluciones, y está integrado por representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Economía, y de los Bancos Céntricos de los Estados Parte
El Grupo Mercado Común fue creado a través del Tratado de Asunción (artículos 13-15), adoptando su actual estructura y funciones por el Protocolo de Oro Negro (artículos 10-15).
El Grupo Mercado Común es el órgano ejecutivo del Mercosur y también responsable de ejecutar las decisiones del CMC. En su ámbito se desarrollan los Subgrupos de Trabajo (SGT), organismos dependientes del mismo, encargados de analizar y propongan decisiones sobre todas las cuestión relacionadas con la integración, con la salvedad de los temas aduaneros que corresponden a la Comisión de Comercio del Mercosur (CCM).
ES también uno de los tres órganos decisórios del Mercosur (los otros dos siendo el Consejo del Mercado Común y la Comisión de Comercio del Mercosur). Sus normas se denominan Resoluciones y son de aplicación obligatoria en los países miembros. Como todas las normas que se adoptan en el Mercosur deben se realizadas por consenso de todos los países miembros (artículo 37 del Protocolo de Oro Negro).
Cuando el Grupo Mercado Común considera que un tema es de especial importancia, puede elevar una recomendación al Consejo del Mercado Común (CMC), proponiendo la sanción de una Disposición por parte de este último.
El GMC creó para organizar sus actividades Subgrupos de Trabajo (SGT) para encarar las grandes áreas de trabajo, y Reuniones Especializadas (RE), cuando el tema merece una tensión especial. Los Subgrupos de Trabajo y las Reuniones Especializadas realizan recomendaciones al GMC, con el fin de que este sancione una Resolución, o si el tema es muy importante eleve su vez la recomendación al Consejo, para que se adopte una Decisión.
El Grupo es encargado también de aprobar el presupuesto, elegir el Secretario de la Secretaría Permanente del Mercosur y supervisar sus tareas.
El Grupo Mercado Común (GMC) está integrado por cuatro miembros titulares de cada país. En 2006 eran 20. Tres de sus cuatro miembros deben representar obligatoriamente a los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Economía, y a los Bancos Céntricos de los países miembros (artículo 11 del Protocolo de Oro Negro).
La coordinación del GMC es realizada por los Ministerios de Relaciones Exteriores. El GMC puede invitar a otros operarios de ministerios a participar de las reuniones.