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Se da el nombre de Federación o Estado federal a un Estado compuesto por diversas entidades territoriales autónomas dotadas de gobierno propio, generalmente conocidas como "estados"[1]. Como regla general, los estados ("estados federade los") que se unen para constituir la federación (el "Estado federal") son autónomos, es decir, poseen un conjunto de cualificaciones o prerrogativas garantizadas por la constitución que no pueden ser abolidas o alteradas de modo unilateral por el gobierno céntrico. Sin embargo, sólo el Estado federal es considerado soberano, inclusive para fines de derecho internacional: normalmente, sólo estos poseen personalidad internacional; los estados federados son reconocidos por el derecho internacional sólo en la medida en que el respectivo Estado federal autorizarlo.
El sistema político por el cual varios estados se reúnen para formar un Estado federal, cada uno conservando su autonomía, se llama federalismo.
Son ejemplos de Estados federales la Alemania , Argentina, Australia, el Brasil, el Canadá, los Emirados Árabes Unidos, la India , Malasia, México, la Nigeria , la Rusia , la Suiza y los Estados Unidos.
En cuanto a la forma de Estado, las federaciones se contraponen a los Estados unitarios y se distinguen también de las confederações.
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El Federalismo (del latim: foedus, foedera "alianza", "pacto", "contrato") es la forma de Estado, adoptada por una ley mayor, que consiste en la reunión de varios Estados en un sólo, cada cuál con cierta independencia, autonomía interna, pero obedeciendo todos la una Constitución única, los cuales irán enumerar las cualificaciones y limitaciones de cada ente que se agregó.[2]
El primer Estado federal surgió el siglo XVIII, más específicamente el año de 1787, en la América del Norte, con la unión de las colonias inglesas que habían si declarado independientes políticamente de la Inglaterra (1776) y que vinieron a constituir los Estados Unidos de la América.[2]
Dalmo Dallari resume las características fundamentales del Estado federal a los siguientes puntos destacados en negrito:[2]
"La unión hace nacer un nuevo Estado y, consecuentemente, aquellos que adhirieron a la federación pierden la condición de Estados." A pesar de muchas veces usarse el término "estado" para designar cada unidad federativa, aquí ya no se trata de un Estado propiamente dicho.
"La base jurídica del Estado Federal es una Constitución, no un tratado." Tratados internacionales no tienen la fuerza requerida para mantener unida una federación, pues, en ese caso, cualquier Estado podría desobrigar-si de la submissão al documento cuando deseara.
"En la federación no existe derecho de secesión." El derecho de volver atrás y desconectarse de la federación es vetado a los que en ella ingresan. Algunas veces esa prohibición es expresa en la propia Constitución, otras veces está implícita, pero siempre ocurre.
"Sólo el Estado Federal tiene soberanía." Los varios estados federados poseen autonomía definida y protegida por la Constitución Federal, pero sólo el Estado federal es considerado soberano. Por ejemplo, normalmente sólo el Estado federal posee personalidad internacional; los estados federados son reconocidos por el derecho internacional sólo en la medida en que el respectivo Estado federal autorizarlo.
"En el Estado Federal las atribuciones de la Unión y las de las unidades federadas son fijadas en la Constitución, por medio de una distribución de cualificaciones ." ES importante resaltar que no hay jerarquía entre el gobierno céntrico y las unidades federativas regionales. Todos están sometidos a la Constituiçao Federal, que indica cuáles actividades son de la cualificación de cada uno. Es decir, todos poseen un conjunto específico de cualificaciones o prerrogativas que no pueden ser abolidas o alteradas de modo unilateral ni por el gobierno céntrico ni por los gobiernos regionales.
"Cada esfera de cualificación se atribuye renta propia." Ese es un punto que viene recibiendo más atención recientemente. Recibir atribuciones de nada vale si la entidad no posee medios propios para ejecutar lo que le es atribuido. Si hay dependencia financiera, el ente no podrá ejercer sus funciones libremente.
"El poder político es compartido por la Unión y por las unidades federadas." Hay herramientas específicas para permitir la influencia de los poderes regionales en los rumbos de la federación. El mayor ejemplo tal vez sea el legislativo bicameral donde una de las casas - Senado - es compuesta de representantes oficiales de los intereses de cada estado. La otra casa legislativa trae representante del propio pueblo.
"Los ciudadanos del Estado que adhiere a la federación adquieren la ciudadanía del Estado Federal y pierden la anterior." Eso quiere decir que no podrá haber diferencia de tratamiento de alguien por haber nacido en un estado u otro de la federación. Tampoco habrá necesidad de pasaporte para transitar de un estado a otro, entre otras.
La división de poderes tradicionalmente sigue una tripartição elaborada en la Francia , por Montesquieu, que influenció fuertemente los autores de la Constitución americana. Son las funciones de estos legislar (Poder Legislativo), administrar (Poder Ejecutivo), y garantizar el cumplimiento de las leyes (Poder Judicial), además de garantizar una fiscalização efectiva entre ellos, evitando que desandem o que abusen de la autoridad (teoría de los freios y contrapesos).[2]
Existe una diferencia fundamental entre el sistema de federación y lo de confederação . En una federación, los miembros no pueden se dissociar del poder céntrico, aunque mantengan una correcta libertad relativa a la distribución de poderes y gravámenes. Por su parte, los Estados de una confederação tienen soberanía para decidir sobre su permanencia o no en esa confederação.
Los que apóiam la forma federativa afirman que el estado federal es más democrático, pues asegura mayor aproximación entre gobernantes y gobernados, teniendo el pueblo contacto más directo a través de los poderes locales. Entienden que esa forma de estado dificulta la concentración de poder y favorece la democracia . También se argumenta que ella promueve mayor integración, transformando oposiciones naturales de los territorios federados en solidaridad.[2]
Entre los que desean formas de Estado más centralizadas en vez de la Federación, algunos defienden que la sociedad actual intensificó las demandas y eso exigiría un gobierno céntrico más fuerte. Afirman también que la forma federativa dificulta la planificação de las acciones: el poder céntrico no tiene cómo obligar un poder regional a continuación sus planes si este no desee colaborar. También se argumenta que la Federación provocaría una dispersão de los recursos, ya que ella hace necesaria el mantenimiento de múltiples aparatos burocráticos simultáneamente. Afirman aunque ella tiende a generar conflictos jurídicos y políticos por la coexistência de muchas esferas autónomas cuyos límites ni siempre pueden ser claramente definidos.[2]
A pesar de los puntos negativos levantados, Dalmo Dallari detecta en el mundo de hoy una fuerte tendencia para la organización federativa. Esta ocurriría por la forma como ella genera un Estado fuerte (por la unificación de Estados más pequeños) simultáneamente manteniendo y preservando las peculiaridades locales.[2] De hecho, esta plantilla favorece la preservação de las características locales y reserva una esfera de acción autónoma cada unidad federada. Existe también hoy la percepção de que la organización en la forma de Federación realmente desestimula la acumulação de poder en un sólo ente - siendo capaz de dificultar la formación de gobiernos totalitários. Su estructura también puede asegurar oportunidades más amplias de participación en el poder político, ya que aquellos que no tengan espacio en el poder céntrico pueden asumir funciones regionales. De ese modo, la Federación pasó a ser vista como más favorable a la defensa de las libertades que el Estado centralizado. El Estado Federal pasó a ser considerado la expresión más avanzada de descentralização política.[2]
Según Wladimir Rodrigues Días ("El Federalismo Fiscal en la Constitución de 1988"), "conforme el dibujo institucional que es efectivamente aplicado en cada Estado, así como en el transcurso del origen de cada pacto federativo, habitualmente se clasifican los Estados Federados según el camino que los lleva a la federalização, que los distingue en centrípetos y centrífugos. Se verifica, bajo ese ángulo, que la federación norteamericana acontece mediante un movimiento de centralização, con transferencia del poder de los Estados para la Unión. En países como el Brasil, el fenómeno ocurrió de forma opuesta, con la descentralização política implementada por medio de atribución a la entidades subnacionais de parcela del poder originalmente detenido por el gobierno céntrico. (...) En el Brasil, a un proceso histórico de federalização que parte del centro, se suma compleja repartição de cualificaciones interpenetrada entre Estados, Municipios y Unión". "Además de eso, las diferentes posibilidades engendradas por la idea federativa generan, también, por lo menos otra categorização básica, cual sea la relativa a la semejanza entre las diversas organizaciones que integran el Estado Nacional. Así, hay plantillas assimétricos, como el norteamericano, en el cual, en su órbita de cualificación, el ente federado ha amplio poder y autonomía irrestrita. En el caso brasileño, contrariamente, se pretende simetria entre las imágenes institucionales erigidas en cada uno de los entes federativos, en atención la disciplina impuesta por la Constitución de la República" (DÍAS, W. R.).
La configuración del sistema financiero-tributario es parte de la definición esencial del pacto federativo. ES, también, instrumento de la política económica. Se vuelve, pues, para el establecimiento, en el ámbito de la división espacial del poder, de un arreglo por medio del cual las fuerzas políticas son tangenciadas por condicionamentos impuestos por el contexto histórico-institucional, comprometiéndose con determinados objetivos públicos. El federalismo fiscal constituye la forma por la cual la economía del sector público es repartida en las diversas esferas federadas de cualificación, espelhando, de un punto de vista substantivo, compromisos y objetivos asumidos por el Estado con determinadas fuerzas sociales, políticas y económicas (DÍAS, Wladimir Rodrigues. "El Federalismo Fiscal en la Constitución de 1988: Descentralização y recentralização").