La palabra estatuto es diferente de contrato social, puede referirse a una variedad de normas jurídicas cuya característica común es a de regular las relaciones de ciertas personas que tienen en común pertenezcan a un territorio o sociedad . Normalmente, los estatutos son una forma de Derecho Privado.
Existen normas con fuerza de ley o reglamentarias , que reciben el nombre de estatuto. Normalmente reciben ese nombre por razones históricas, y, muchas veces, sólo dan una reglamentación para un colectivo concreto. Son normas con efectos erga omnes.
Un ejemplo es del Estatuto de los Trabajadores, que es el nombre dado a la ley que reglamenta las relaciones laborales y los derechos sindicales.
En España, se puede mencionar el Estatuto de autonomía regional, que son las normas que regulan las cualificaciones de cada Comunidad Autónoma (existe un estatuto para cada comunidad). En este caso, el nombre 'estatuto' implica que se trata de una norma especial, en la cual existe un sistema de aprobación especial conjunta por parte del parlamento autónomo y el Estado.
pero depende
En Derecho Societário recibe el nombre de estatutos aquella norma, despertada por los socios o fundadores, que reglamenta el funcionamiento de una persona jurídica, quiere sea una sociedad, una asociación o una fundación. En general, es común a todo el tipo de órganos colegiados, incluyendo entidades sin personalidad jurídica.
Sus funciones básicas, entre otras, son las siguientes:
En este caso, la norma fundamentalmente tiene efectos inter partes.