Decreto
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Un decreto es una orden emanada de una autoridad superior o órgano (civil, militar, laico o eclesiástico) que determina el cumplimiento de una resolución.
Brasil
En el sistema jurídico brasileño, los decretos son actos administrativos de la cualificación de los jefes de los poderes ejecutivos (presidente, gobernadores y alcaldes ).
Un decreto es usualmente usado por el jefe del poder ejecutivo para hacer nombramientos y reglamentaciones de leyes (como para darles cumplimiento efectivo, por ejemplo), entre otras cosas.
Decreto es la forma de que se revisten del actos individuales o generales, emanados del Jefe del Poder ejecutivo Presidente de la República, Gobernador y Alcalde. Puede subdividir-si en decreto general y decreto individual. Ese la persona o grupo y aquel la personas que se encuentran en misma situación.
El decreto tiene efectos reglamentario o de ejecución - expedido con base en el artículo 84, IV de la CF, para fiel ejecución de la ley, o sea, el decreto detalla la ley . No pudiendo ir contra la ley o además de ella. Ver EC 32/01.
Portugal
En Portugal existen varios tipos de decretos, emitidos por los varios orgãos de soberanía o por los orgãos de gobierno propio de las regiones autónomas. Existen, actualmente:
- Decretos-ley - son los diplomas legislativos emitidos por el Gobierno de la República en el ámbito de sus cualificaciones legislativas definidas por el artículo 198.º de la Constitución;
- Decretos legislativos regionales - son los diplomas legislativos, de ámbito regional, emitidos por las asambleas legislativas de las regiones autónomas, en el ámbito de sus cualificaciones definidas por los artículos 227.º y 233.º de la Constitución;;
- Decretos del Presidente de la República - son los decretos emitidos por el Presidente de la República, de ratificación de tratados internacionales, de nombramiento o exoneración de miembros del Gobierno de la República, o de ejercicio de otras cualificaciones previstas en la Constitución;
- Decretos - son los diplomas emitidos por el Gobierno de la República para aprobar los acuerdos internacionales cuya aprobación no sea de la cualificación de la Asamblea de la República o que a esta no hayan sido sometidos o en el ámbito de sus cualificaciones administrativas definidas por el artículo 199.º de la Constitución, en relación la normas que exijan ese decreto;
- Decretos reglamentarios - son los diplomas emitidos por el Gobierno de la República, en el ámbito de sus cualificaciones administrativas definidas por el artículo 199.º de la Constitución, para hacer normativas necesarias a la buena ejecución de las leyes y en la práctica de todos los actos y en la toma de todas las providencias necesarias a la promoción del desarrollo económico-social y a la satisfacción de las necesidades colectivas;
- Decretos reglamentarios regionales - son los diplomas, emitidos por las asambleas legislativas o por los gobiernos de las regiones autónomas, de reglamentación de la buena ejecución de los decretos legislativos regionales;
- Decretos de los representantes de la República para las regiones autónomas - son los decretos de nombramiento o de exoneración de los miembros de los gobiernos regionales, emitidos por un representante de la República. [1][2]
Referencias
Ver también