La Constitución o Carta Magna es un conjunto de reglas de gobierno, muchas veces codificada como un documento escrito, que enumera y limita los poderes y funciones de una entidad política. Esas reglas forman, o sea, constituir, lo que la entidad es. En el caso de los países y de las regiones autónomas de los países el término se refiere específicamente a una Constitución que define la política fundamental, principios políticos, y establece la estructura, procedimientos, poderes y derechos, de un gobierno. Al limitar el alcance del propio gobierno, la mayoría de las constituciones garantizan ciertos derechos para el pueblo. El término Constitución puede ser aplicado a cualquier sistema global de leyes que definen el funcionamiento de un gobierno, incluyendo varias constituciones históricas no-codificadas que existían antes del desarrollo de modernas constituciones codificadas.
La Constitución concerne diferentes niveles de organización política. Ellos existen en nivel nacional (por ejemplo, la codificada Constitución del Canadá, el no-codificado Constitución de Reino Unido), por ejemplo, a nivel regional (la Constitución del Río de Janeiro), y a veces de niveles más bajos. Ellos también define los varios grupos políticos y otros, como partidos políticos, grupos de presión, y sindicatos . La Constitución supranacional es posible (por ejemplo, se propuso la Constitución de la Unión Europea). La tradicional soberanía absoluta de las naciones modernas asumieron una constitución que es frecuentemente limitada por la conexión internacional de los tratados como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y la Convención Europea de los Derechos del Hombre, que vincula los 47 países miembros del Consejo de la Europa.
La teoría constitucional moderna - técnica específica de limitación del poder con fines garantístas, según la definición del constitucionalista portuguesa J.J. Gomes Canotilho - tiene su origen en las Revolución Americana y Francesa y coincide con la positivação de los derechos fundamentales.
La Constitución rígida se sitúa en el tope de la pirámide normativa, recibe nombres como Ley Fundamental, Ley Suprema, Ley de las Leyes, Ley Mayor o Magna Carta.
La Constitución es elaborada por el denominado poder constituyente originário o primario (cuyo poder es, según la teoría clásica hoy cuestionada, soberano e ilimitado) y en los países democráticos es ejercido por una Asamblea Constituyente.
La reforma (revisión o enmienda) de la Constitución es hecha por el denominado poder constituyente derivado reformador. El poder reformador es derivado, condicionado y subordinado a la propia Constitución, finalmente es limitado por la gana soberana del Poder Constituyente Originário. Si fuera una Constitución escrita y rígida exigirá procedimientos más difíciles y solemnes para elaboración de enmiendas constitucionales del que exige para la creación de leyes ordinarias.
Muchas Constituciones prohíben la abolición del contenido de algunas normas consideradas fundamentales (núcleo intangível).
En el Brasil (cuya constitución actual fue promulgada en 1988), esas normas son conocidas como cláusulas pétreas, y son previstas por el art.60 (implícitamente irreformável), que también prevé además de las cláusulas pétreas(limitaciones materiales), limitaciones circustânciais y formales.
Dentres las cláusulas pétreas podemos citar, el artículo primero que trata de los fundamentos de la República Federativa del Brasil; el artículo 3º que trata de los objetivos de nuestra sociedad; el artículo 5º que elenca las Garantías y Derechos Fundamentales e invioláveis; el artículo 6º que elenca un grupo de derechos mínimos (Piso Vital Mínimo) sin los cuales serlo humano (en el Brasil) no se desarrolla plenamente. Hay otros: art. 170 (actividad económica), 225 (Medio Ambiente), etc
En los Estados Federativos, además de la Constitución Federal, tenemos Constituciones de cada Estado Federado, subordinadas a la previsiones de la Constitución Federal. ES el poder constituyente derivado decurrente.
La principal garantía de esa superioridade (supremacia, primazia) de las Constituciones rígidas son los mecanismos de control de constitucionalidade, que permiten alejar en un caso concreto la aplicación de una norma incompatible con texto constitucional (control difuso) o anularlas cuando una norma, en tesis, violar la Constitución (control concentrado).
Las demás normas jurídicas (dichas infraconstitucionais) deben estar en concordância con la Constitución, no pudiendo contrariar las exigencias formales impuestas por la propia Constitución para la edición de una norma infra-constitucional (constitucionalidade formal) ni el contenido de la Constitución (constitucionalidade material).
Entidades no-políticas, como corporações y asociaciones, incrustadas o no, tienen muchas veces que es efectivamente uno Constitución, muchas veces llamado de memorandos y estatutos .
La Constitución de la India es la Constitución más larga escritura de cualquier país soberano del mundo[1], conteniendo 448 artículos y 94 enmiendas con 117.369 palabras en su versión en la lengua inglesa.[2].
Fundamental para el mantenimiento del Estado, el principio de la unidad regula y pacifica los conflictos de diversos grupos que forman una sociedad. Por lo tanto, necesario se hace que los ciudadanos se entiendan como responsables por este principio y no sólo lo defiendan como también lo sostenga. Según este principio, el derecho constitucional debe ser interpretado de forma a evitar antinomias entre sus normas y entre los principios constitucionales. Se debe considerar la Constitución en su globalidade, no interpretando las normas de forma aislada, pero sí como preceptos integrados en un sistema interno unitario de normas y principios.
En el transcurso de ese principio, se tiene que todas las normas de la Constitución poseen igual dignidad, no habiendo jerarquía dentro de ella; Además de eso, no existen normas constitucionales inconstitucionais, justamente por la ausencia de jerarquía entre ellas. Por eso, no se puede reconocer la inconstitucionalidad de una regla en faz de otra; Por fin, no existen antinomias entre las normas, en este caso,el texto constitucional debe ser visualizado de modo armónico y con ponderación.
krc:Конституцияmwl:Custituiçon