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Forma de gobierno, sistema de gobierno o régimen político sonido diferentes tenérmelos, que en ocasiones se utilizan con matices diferentes, pero que son comunmente utilizados para referirse al conjunto de las instituciones políticas mediante las cuáles un estado se organiza para ejercer sus poderé sobre una comunidad política. Hace falta notar que esta definición es válida aunque el gobierno sea ilegítimo o esté incapacitado para ejercer sus poder.
Muy habitualmente se emplea de forma sinónima la expresión forma de estado, que también se utiliza, a veces, limitada a la contraposición monarquía-república, aunque su definición pode ser más compleja.
Un concepto confluente es lo de sistema político, que pode entenderse con la simplificación del espectro político izquierda-derecha, con el que es un concepto más efímero y cambiante, mientras que la forma de gobierno es más estable en el tiempo (aunque también sujeta a cambios, incluso la transformaciones revolucionarias) y suele hasta incorporarse al nombre oficial del estado, como por ejemplo: República Argentina, Estados Unidos Mexicanos, Reino de España, Federación Rusa o Gran Jamahiriya Árabe Libia Popular y Socialista. Sólo hay dieciocho países que no lo hacen así, como por ejemplo: Xamaica, mientras que once sólo indican que son "estados". La forma más común es "república", con 132 casos de muy distinto tipo. Las monarquías son 33 (18 las diere "reinos").
No hubo historicamente acuerdo en la determinación de las diferentes formas de gobierno o de estado, desde la antigüedad clásica incluso la Edad Contemporánea:[1]
el monárquico es aquel en que gobierna un solo, pero con arreglo la leyes fijas y establecidas...
el despótico es aquel en que un solo, sin ley ni regla, lo dirige todo la voluntad y capricho...
la república donde... el poder soberano está en manos de parte del pueblo... tiene una aristocracia...
Como subdisciplina de las ciencias políticas, el estudio de la organización política y de las instituciones políticas es una ciencia comparativa y especializada, y en constante actualización. No existe una clasificación fija y exhaustiva de las diversas formas de gobierno debido a su variabilidad. La división tradicional de los gobiernos fue la dicotomía entre ?democracia? y ?dictadura? y no una topología con múltiples posibilidades. La mayoría de los investigadores enfócanse en el estudio especializado y comparativo de dos o tres diferentes tipos de regímenes. Los expertos en los sistemas electorales permiten definir y comparar los diversos sistemas de elección de los poder de gobierno de un régimen determinado o independentemente del régimen. Así, otra dicotomía para clasificar las formas de gobiernos es ?república? y ?monarquía?, independentemente de la forma de organización gubernamental nacional y regional, o del grado de democracia de los estados.
Una república es una organización de un estado en la que todos los cargos públicos son escogidos democraticamente. No obstante algunos gobiernos dictatoriales, unipartidistas a menudo utilizan lo termino ?república? para referirse al régimen de gobierno aunque los funcionarios públicos no sean elegidos de manera democrática. Las listas siguientes incluyen la todas las repúblicas segundo su régimen interno constitucional independentemente de que se eligieron democraticamente o no.
El parlamentarismo es un sistema de organización política en la que la rama ejecutiva del gobierno depende del apoyo directo o indirecto del parlamento, a menudo expresado por medio de un voto de confianza. El poder ejecutivo de los sistemas parlamentarios proveen y depende del poder lexislativo; el jefe de gobierno (llamado ?primero ministro?) a veces es el líder del partido o coalición con mayor representación en el parlamento o cuerpo lexislativo. Existe también un jefe de Estado independiente (llamado ?presidente? con poder limitados, simbólicos o meramente ceremoniales). Los siguientes estados son repúblicas parlamentarias:
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Los sistemas presidencialistas tienen una clara separación de poder de gobierno; el ejecutivo es elegido de manera independiente de la rama lexislativa, la cuál a menudo conocer cómo congreso. El jefe de gobierno es a la vez jefe de estado (llamado presidente) y por tanto no existe el cargo de primero ministro. Los siguientes estados son repúblicas presidencialistas:
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En los sistemas semipresidencialistas existe un primero ministro y un presidente. La diferencia de los sistemas parlamentarios el presidente no es una figura ceremonial, sino que posee algunos poderes ejecutivos y se encarga de alguna arenas del gobierno. El presidente a menudo se elige de manera separada de la rama lexislativa. Las siguientes son repúblicas semipresidencialistas (se incluyen gobiernos de pueblos que aspiran a la independencia y que son reconocidos por la comunidad internacional):
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Las repúblicas unipartidistas son estados en los que un partido único tiene todo lo poder gobierno o estados en que la estructura del partido es a la vez la estructura del gobierno y que no permiten la creación de otros partidos (o se existen otros partidos, tienen una representación muy limitada). En los estados apartidistas no se permite la creación de ningún partido político. Las siguientes son repúblicas unipartidistas:
Las monarquías son sistemas de gobierno en que el jefe de estado no es elegido de manera democrática (a menudo es un cargo hereditario)
En las monarquías constitucionales el monarca es el jefe de estado con poder muy limitados o meramente simbólicos o ceremoniales que ejerce su autoridad mediante el jefe de gobierno (llamado «primero ministro» o, más raramente «presidente del gobierno») lo cual es el líder del partido o coalición con mayor representación en el parlamento o cuerpo lexislativo elegido democraticamente. Por tanto, las monarquías constitucionales no se diferencian en nada de las repúblicas parlamentarias, excepto polo hecho de que el jefe de estado no es escogido de manera democrática. Las siguientes son monarquías constitucionales o parlamentarias:
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El Reino de la Mancomunidade Británica de Naciones está integrado por todos los estados el jefe de estado de los cuáles es la reina Isabel II del Reino Unido. Ella es la monarca de cada uno de los estados y por tanto toma lo titulo correspondiente (p. ej. reina de Australia, reina de Canadá, etc.). La reina designa un Gobernador-General para cada estado (excepto para el Reino Unido) cómo representante suyo con poder ejecutivos limitados y ceremoniales. El primero ministro es el jefe de gobierno de la rama ejecutiva de cada uno de los estados del Reino de la Mancomunidade Británica de Naciones, lo cual proveen del cuerpo lexislativo cómo líder del partido o coalición con más representación. Excepto de la existencia del Gobernador-General cómo representante del jefe de estado, los estados que conforman el Reino de la Mancomunidade Británica de Naciones son monarquías constitucionales y de hecho sistemas parlamentarios. El Reino de la Mancomunidade Británica de Naciones está integrado por los siguientes estados:
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Las monarquías semiconstitucionales son monarquías en que el primero ministro es el jefe de gobierno activo de la nación, pero, el monarca aun conserva poder ejecutivos significativos que pode utilizar la discreción. Los siguientes estados son monarquías semiconstitucionales:
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Las monarquías absolutas son regímenes monárquicos en los que el monarca tiene el poder absoluto del gobierno. Las siguientes son monarquías absolutas:
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Las teocracias son estados basados en una religión de estado en que el jefe de estado es escogido de la jerarquía religiosa. Los siguientes estados pueden ser considerados como teocracias:
Los estados gobernados por juntas militares son:
Por causa de los conflictos armados recientes o pasados, los siguiente estados se encuentran en transición o sin clasificación:
Esta clasificación de las formas de gobierno (con conceptos no excluyentes) se basa en quién es lo que gobierna y/o su filosofía de gobierno, de acuerdo a las ciencias políticas:
Independentemente de la forma de organización política de los estados, los estados pueden ser clasificados de acuerdo a la estructura político-administrativa interna de las regiones que las integran (se hay). Esta es una lista no exhaustiva y no mutuamente excluyente de las formas de organización territorial o político-administrativa:
Los estados unitarios puros conforman una sola entidad con un gobierno estatal único, sien ninguna división administrativa. El único estado unitario puro es Montenegro.
El estado unitario regionalizado o estado centralizado es un estado dividido en diversas zonas o regiones político-administrativas que no son autónomas nos sus regímenes internos. Los gobernantes de las regiones son designados directamente polo gobierno central. Los siguientes estados son estados centralizados:
Los estados regionales o descentralizados son estados con un pasado centralista, pero que progresivamente otorgaron mayor autonomía a las diversas regiones que los conforman. El grado de autonomía varia dependiendo del estado, y si el grado de autonomía es bastante elevado los estados regionales suelen ser considerados "federaciones de facto". En este caso la única diferencia entre el estado federal y el estado regional es el origen de las atribucións: en los estados regionales el gobierno central cedió o devuelto algunos derechos y competencias a la región, mientras que nos estados federados son las regiones las que cedieron algunas de sus atribucións al poder central.
Debido la que el grado de autonomía pode variar substancialmente con el tiempo, esta clasificación no es excluyente y a menudo es muy ambigua, es decir, algunos estados que permitieron el desarrollo de asambleas regionales locales con poder muy limitados aún son considerados estados centralizados (cómo Francia), otros permitieron un elevado grado de autonomía (como Italia, España y el Reino Unido), y otros ya se convirtieron en federaciones propiamente talles (cómo Bélxica). Si las regiones reciben la autonomía que disfrutaban en el pasado (cómo derecho histórico), el proceso de descentralización a menudo es llamado "proceso de devolución".
Las federaciones son estados conformados por entidades soberanas y autónomas. El status autónomo de estas entidades no pode ser alterado de manera unilateral polo gobierno central, aunque pueden existir excepciones (como el caso de Argentina , donde el gobierno federal ha intervenido en diversas ocasiones en las provincias; y en México, mediante la figura de la desaparición de poder en los estados). Los siguientes estados son federaciones: