Las Cortes Generales son un órgano constitucional del Estado Español constituido y regulado segundo el título tercero de la Constitución Española de 1978. La Constitución establece que las Cortes Generales son las representantes del pueblo español y están conformadas por dos cámaras: el Senado y el Congreso de los Diputados. Es decir, lo poder lexislaivo del gobierno tiene una composición bicameral
Como representantes del pueblo español ejercen los aspectos esenciales de la soberanía nacional: poseen la potestad lexislativa, aprueban los presupuestos generales del estado, controlan la acción del gobierno y ejercen el resto de las funciones que les atribuye la Constitución.