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Constitución

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La Constitución (escribe generalmente con una mayúscula) es un texto que fije la organización y el funcionamiento de un organismo, generalmente de un Estado.

La Constitución de un Estado tiene valor de ley , es a la vez el acto político en valor jurídico y la ley fundamental que une y rige de manera organizada e hiérarchisée el conjunto de los informes entre gobernantes y gobernados al seno de este Estado, como unidad de espacio geográfico y humano.

La Constitución garantiza los derechos y las libertades de la comunidad humana implicada.

Si la ficción jurídica quiere que la Constitución funda y enmarca jurídicamente el Estado, es sentido que la historia política la precede y puede conferirle a la vez su legitimidad circonstanciée y la permanencia de su autoridad. Esta historia política es entonces réintroduite en el derecho al ser calificado de poder constituyente primario (el poder soberano que establece una nueva constitución).

Varios países honran y mantienen una conciencia nacional por un día de celebración oficial (fiesta nacional, fiesta federal, día de la constitución, Constitución Day inglés).

El término Constitución es utilizado igualmente para designar las reglas fundamentales de organizaciones demás que de los Estados soberanos : se puede así hablar de :. 

Sin embargo, sería más correcto, para estas organizaciones, de emplear los términos de tratado , si no de acto fundador.

Sumario

Étymologie

Nombre formado a marchar de dos elementos latinos :

Literalmente el hecho de fijar o de establecer juntos.

Definición

Una Constitución es un conjunto de reglas, que se impone tanto a los electos del Parlamento y del Senado, que en todo ciudadano, y que mantiene la cohesión de la Nación durante cada cambio de borde político del gobierno.

Definición formal

Esta teoría es completada por el principio de constitutionnalité, que indica que la Constitución es el principio supremo del derecho de un Estado y que su respeto, obligatorio y necesario, es asegurado por un patio constitucional, que esto sea un Consejo constitucional (como en Francia) o un Tribunal supremo (como en Estados Unidos).

De las confusiones han podido aparecer entre estas dos lógicas, a causa de la doctrina del contrato social. Esta teoría consiste en decir que la constitución estatal resulta de un contrato pasado entre todos los ciudadanos, iguales derecho. No obstante, esta doctrina no ha de realidad jurídica.

Definición mínima

La democracia athénienne fue la primera a dotarse de las características de una constitución.
La Roma antigua, por sus instituciones políticas complejas y organizadas, se dota también de una constitución.

Se toma aquí cuenta su contenido. Toda constitución se debe de contener dos cosas esenciales :

Es el sentido del artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 : « Toda sociedad en la cual la garantía de los derechos no es asegurada ni la separación de los poderes determinados, no tiene punto de Constitución. »

Aplicaciones prácticas de la distinción

Estas dos definiciones se recoupent casi siempre (un nuevo texto constitucional tendrá todas las características de una nueva constitución al sentido material del término) ; no obstante, pueden diverger.

Así, si un cambio político radical hecho que la constitución es aplicada de una manera completamente diferente, y este sin que haya sin embargo de cambio del texto constitucional, entonces no habrá nueva constitución en el sentido formal del término, mientras que de un punto de vista material, sí. Al contrario, una constitución que será adoptada formalmente no será una nueva constitución en el sentido material del término si no es aplicada.

Las índoles de una constitución

Coutumière O escrita

Una constitución escrita es formalizada en un texto único o un conjunto de leyes constitucionales. Representan la gran mayoría de las constituciones modernas.

La constitución coutumière es el conjunto de las reglas relativas a la organización del poder que no se encuentran bajo forma escrita. Estas reglas son llamadas « Convenciones de constitución ». Encubrió no impide que uno o varios documentos escritos sirven de base para esta constitución.

Hasta el final del XVIIIe siglo, la organización política de los Estados era regida casi totalmente por la costumbre, sobre todo en los Estados monarchiques con reglas de dévolution del monarca. La forma coutumière ha desaparecido progresivamente al tiempo que la monarquía absoluta. En efecto, los XVIIIe y XIX e siglos corresponden a épocas de renovación política y, por consiguiente, constitucional.

Además, presenta tres inconvenientes mayores por informe a una constitución escrita :

De otro lado, contra una constitución escrita,

Actualmente, solo Reino Unido ha quedado fiel a una constitución coutumière entre los Estados occidentales, aunque esta posición tiene que ser matizada (ver infra Constitución de Reino Unido). Otros países en el mundo, sobre todo ciertos países musulmanes como el Arabia saudita (pero en realidad la Arabia saudita tiene una constitución religiosa y no no coutumière), o todavía Israel, Nueva Zelanda o Quebec (provincia canadiense), son dotados igualmente.

Rígido o flexible

Una constitución es rígida cuando el procedimiento previsto para la revisión de la Constitución es poco fácil a poner œuvre. Una constitución es flexible cuando la revisión de la Constitución se avère técnicamente más mero.

No obstante, una revisión puede ser rígida en el sentido técnico, pero flexible al sentido práctico. La Constitución francesa prevé un procedimiento de revisión difícil a poner œuvre, es técnicamente rígida : ha sido sin embargo revisada de numerosas veces desde la avènement de la Ve República.

Una constitución puede igualmente ser flexible al sentido técnico, pero rígido al sentido práctico. La constitución coutumière británica no es , al sentido técnico, difícil a revisar, posee una índole flexible. El contexto social y político del país y su apego en la tradición constituye no obstante un obstáculo en la revisión : posee pues, de hecho, una índole rígida.

Ejemplos de constituciones

Constituciones de la Roma antigua

Artículos detallados : Constitución romaine y Constitución de la República romaine.

La constitución romaine, o mos maiorum (palabra latina que designa las  costumbres de los ancestros ») es un conjunto tacite de directrices y de principios constante evolución que se transmite oralement[1]. Encuentra numerosos conceptos en las constituciones modernas, incluant los equilibrios y los controles, la separación de los poderes, el veto, la obstrucción, el quorum, los mandatos, la apuesta en acusación, el poder de la bolsa y las elecciones regulares. Mismo de los conceptos menos de entidad, como por ejemplo aquellos utilizados en el sistema electoral americano, encuentran su origen en la constitución romaine.

La constitución romaine evoluciona continuellement al hilo de los años. -509, la constitución de la Monarquía romaine ha dado nacimiento en la constitución de la República romaine. -27, ésta se da lugar en la constitución del Imperioromain . Finalmente, 300, la constitución opera un último cambio mayor que deviene la constitución del BajoImperio. Sin embargo, los verdaderos cambios son más graduales. Estas cuatro constituciones forman cuatro periodos en la evolución de la constitución romaine principal.

La constitución romaine es una de las escasas a haber existido antes el XVIIIe siglo. Ninguna otra no ha gobernado sobre un imperio también vasto. De hecho, la constitución romaine es utilizada ampliamente como modelo cuando las primeras constituciones de la época moderna son redactadas. Por eso de numerosas constituciones hoy presentan una estructura similar, incluso idéntica a la constitución romaine (separación de los poderes, controles y equilibrios del poder, etc.).

Constituciones en Europa

ParaEuropa  : clasificación por orden cronológico.

Constitución de Reino Unido

Artículo detallado : Constitución de Reino Unido.

Su constitución es muy antigua, las primeras reglas que datan de la MedianaEdad ; es el solo país a haber quedado fiel a una constitución coutumière entre los Estados occidentales.

Hay no obstante cuatro textos fundamentales :

Entre las reglas coutumières de Reino Unido, se puede citar el derecho de disolución del Cuarto de los municipios por el Primer ministro o todavía la dimisión del conjunto de la Consejería cuando su política es puesta en causa por los Cuartos, que no figuran en ningún texto.

Estatus de San Marino

La República sérénissime de San Marino es lo una de las más antiguas repúblicas del mundo, y de todas maneras la más antigua que ha continuellement existido desde su creación. Su constitución (los Estatus), que data de 1600, es la más antigua constitución escrita todavía vigente hoy en dia.

Constitución corse

La constitución corse, votada 1755 a Corte por los representantes de la efímera república corse, es considerada, a pesar del relativo olvido en el cual ha caído, como la toda primera constitución moderna. Iniciada por Pascal Paoli y beneficiando del sostiene y de las reflexiones de Jean-Jacques Rousseau, quedó vigente hasta el annexion de Córcega por Francia 1769.

Constitución polaca del 3 de mayo de 1791

Artículo detallado : Constitución del 3 de mayo.

Es considerada a menudo como la primera constitución moderna sobre el continente europeo. Reforme Fundamental estatal federado polono-lituano, estableciendo una representación parlamentaria de la burguesía y abolissant la corvée de los campesinos.

Constituciones de Francia

Artículo detallado : Constituciones francesas.

Bajoel Antiguo Régimen, existía las leyes fundamentales del reino, juntos de principios coutumiers relativos a la dévolution, a la extensión y a la organización de los poderes que 1789, la Asamblea nacional ha emprendido de poner por escrito comenzando por la declaración de las derechos del hombre y del ciudadano.

Desde 1791, Francia ha conocido numerosas constituciones :

Además de los numerosos principios que son retomado en la tradición política y administrativa, y del precedente inglés de la Declaración de los derechos de 1689, los juristes o filosofas que sirvieron de referencia a la elaboración de la Constitución francesa de 1789 y 1791 estuvieron, por orden cronológico : Thomas de Aquin (para la distinción entre derechos naturales y civiles de la Declaración), Jean Bodin, Maquiavelo, John Locke (que distinguió el poder ejecutivo y el poder legislativo), Montesquieu (que distinguió un tercer poder, el poder judicial), Sieyès (recuperación de la distinción de los poderes para hacer una separación de los poderes, reflexiones sobre el tercio estado y proyecto de jurado constitutionnaire para el control de las leyes).

Constitución de Bélgica.

Artículo detallado : Constitución belga.

El 25 de noviembre de 1830, el proyecto de constitución, elaborado por la comisión designada por el ejecutivo provisional, está sujeto en el Congreso nacional. El 7 de febrero de 1831, el Congreso nacional clausura los debates y vota la Constitución belga.

La Constitución belga es una síntesis querida equilibrada de las constituciones francesas de 1791 , 1814 y 1830 , de la constitución neerlandesa de 1814 y del derecho constitucional inglés. El texto constitucional no es sin embargo no una amalgama jurídica, pero bien una creación original. Sus principios elementales son siempre vigentes hoy.

El texto inicial de la constitución de 1831 ha padecido diversas modificaciones. Ambas primeras revisiones implican el derecho de voto y las condicionesde eligibilidad. Las cuatro reformas siguientes transforman Bélgica unitaire en Estado federal. A pesar de la fédéralisation de Bélgica , el procedimiento de revisión de la constitución no ha sido nunca modificada desde 1831 y no hace pues intervenir las entidades federadas creadas 1970 (Regiones y Comunidades ). Hace desde entonces el objeto de controversias en el mundo político y entre los constitutionnalistes belgas, cuyos algunos querrían la simplificación del proceso o todavía la implicación de las entidades federadas.

Constitución de Luxemburgo

El Grande-Duché de Luxemburgo ha conocido cuatro constituciones :

Las constituciones de 1856 y de 1868 son de hecho salidas de dos revisiones de entidad sucesivas de la Constitución de 1848.

Constitución de Mónaco.

La Constitución de Mónaco ha sido adoptada el 17 de diciembre de 1962. Varias revisiones han sido efectuadas desde.

Constitución de Suiza.

Artículo detallado : Constitución suiza.

Suiza ha habido tres Constitución durante su historia. Una en 1848, otra en 1874, y la última Constituion Suiza fecha del 18 de abril de 1999.

Proyectos de constitución parala Unión Europea

Varios proyectos de constitución para la Unión Europea han sido redactados, cuyo Proyecto Spinelli adoptado 1984 por el Parlamento europeo.

Un nuevo proyecto de constitución europea ha sido elaborado por una convención que reúne 105 representantes de los veinticinco países del Unión Europea, con una mayoría de electos de los diferentes países de la Unión. Esta convención se ha reunido entre el 28 de febrero de 2002 y el 18 de julio de 2003. El proyecto de la convención ha servido de base a la conferencia intergouvernementale cargada, entre octubre 2003 y la primavera 2004, de entériner la nueva reforma de la Unión Europea.

El 29 de octubre de 2004, los dirigentes del Unión Europea firmaron en Roma el tratado constitucional titulado : « Tratado por el que se establece una constitución para Europa ». Para que entra en vigor, tiene que ser ratificado por cada uno de los Estados de aquí al final 2006.

Naturaleza del Tratado por el que se establece una constitución para Europa

La confusión viene ya que los términos tratados y constitución responden en dos lógicas diferentes derecho (ver supra, definición de la constitución). Para poder responder en esta cuestión, falla pues retomar las definiciones de constitución y de tratado.

De un punto de vista formal, el TCE es un acto jurídico que es tomado voluntariamente entre los veinticinco Estados miembros de la Unión. Se trata pues bien de un tratado. No obstante, de los elementos dejan opinar que sería posible de poner este tratado en la cumbre de la jerarquía de las normas de los Estados miembros.

Según la CJCE , las normas europeas son superiores a las reglas nacionales, comprendí constitucionales.

En Francia, si se sigue la jurisprudencia del Consejo de Estado francés, no obstante, las disposiciones de los tratados internacionales tienen un valor infra-constitucional pero supra legislativa (artículo 55 de la Constitución del 4 de octubre de 1958). Con respecto a la jurisprudencia del Consejo constitucional, la doctrina queda muy dividida. Cuando se trata tratados fundadores del Unión Europea, el Consejo constitucional hace valer que sus disposiciones no pueden ser incompatibles con la Constitución (el tratado debe pues ser acorde, lo que supondría que él es bien inferior en la jerarquía de las normas). No obstante, continuación en la constatación de esta incompatibilidad eventual entre tratado y Constitución, es la Constitución que es revisada, y no el tratado (lo que sería imposible de hacer en Francia, ya que la decisión política ha sido tomada a Bruselas a veinticinco), lo que dejaría suponer que, en el caso de las normas de la Unión, serían superiores a la Constitución.

La cuestión de la naturaleza constitucional del proyecto, de un punto de vista formal, resto pues abierta.

De un punto de vista material, este tratado reúne el conjunto de los textos existentes (acuerdos, convenciones, tratados) modificándolos. Apunta, por un lado, a incrementar la eficacia de las instituciones (elección por el Consejo europeo de su presidente para dos años y mitad, creación de una plaza de ministra de asuntos exteriores, reducción del tamaño de la Comisión y elección de su presidente por el parlamento, redefinición y extensión del voto a la mayoría cualificada, extensión de las propiedades de la cooperación reforzada...) ; En el mismo orden de espíritu, él clarifie también el reparto de las competencias entrela Unión Europea y los Estados miembros. Por otro lado, incorpora la Carta de los derechos fundamentales proclamada durante el Consejo europeo de Niza (diciembre 2000).

De un punto de vista material, el TCE puede pues todo a hecho ser considerado como una Constitución. Sin embargo, encubrió no quiere decir que no puede ser considerado tampoco como un tratado, ya que el contenido material de éste es libre.

Considerar que el proyecto sería una constitución haría de la Unión Europea un Estado federal. Ahora bien es difícil todavía hoy de saber la naturaleza exacta de la Unión : se la considera el más a menudo como una entidad sui generis, a mi-camino entre la confederación y la federación. La confederación es una mera reagrupación de Estados, mientras la federación es una agrupación de Estados que crean al-encima de ellos otro Estado (el Estado federal). Ahora bien, en el Unión Europea, los Estados que se han reagrupado han creado una entidad, pero ésta no es un Estado, aunque comporta ciertas características. Posee ciertos de los atributos estatales régalien (poder de batir moneda, existencia de un Patio de justicia) mientras otras él escapan (política extranjera y de seguridad común y la cooperación policial y judicial en materia penal son todos dos de los pilares que responden todavía en una lógica intergouvernementale). El proyecto de TCE desea reforzar la índole estatal de la Unión, que tendrá la personalidad moral. El tercer pilar (cooperación policial y judicial en materia penal) será fusionado con el primer pilar, dicho de la integración. La política extranjera y de seguridad común (PESC) será puesta siempre aparte, pero la cooperación será reforzada, el objetivo que está de tener una verdadera política común (creación de un ministro europeo de los asuntos exteriores).

Constituciones en América del Norte y del Sur

Constitución de Estados Unidos

La Constitución de Estados Unidos ha sido aceptada el 17 de septiembre de 1787 por una convención reunida a Filadelfia , y después de ratificación, se aplica desde 1789. Ha sido modificada por la ajout de veintisiete enmiendas. Es el segundo más antiguo constitución escrita todavía aplicada en el mundo después de aquella de San Marino (y no, como es dicho a menudo, la más antigua).

Constitución de Canadá

Artículo detallado : Constitución de Canadá.

La primera constitución del Canadá soberano, sancionada por Victoria de Reino Unido 1867, fue los Actos del América del Norte británico (AANB). Sin embargo, ciertos aspectos levantaban todavía del gobierno británico, como el procedimiento de enmienda. 1982, Pierre-Elliott Trudeau, entonces primer ministro, efectúa la repatriación de la constitución a la ayuda de la Ley de 1982 sobre Canadá, lo que hace la llena independencia política hacia Reino Unido. La constitución no ha sin embargo nunca sido ratificada por Quebec, y esta cuestión de la ratificación queda un punto muy sensible en las relaciones entre Quebec y las demás provincias (cf. Noche de los largos cuchillos para más de precisiones sobre este punto).

Constituciones en África

Constitución de la República democrática de Congo

Constituciones Ivoiriennes

Artículo detallado : Constituciones ivoiriennes.

Constituciones en Asia

Constitución de Corea del Sur

Artículo detallado : Constitución de Corea del Sur.

Constitución de Indonesia

Artículo detallado : Constitución de Indonesia.

Constitución de Japón

Artículo detallado : Constitución de Japón.

Constituciones de Turquía

Postal de 1895 que saluda la Constitución ottomane del 23 de noviembre de 1876, figurando el sultan Abdul-Hamid, los diferentes comunidades del imperio y Turquía (no velada) que se levanta canales ; el ángel femenino, símbolo de libertad, mantiene una lincha a que lleva turco y griego el lema : Libertad, Igualdad, Hermandad.

El periodo de reformas que es llamada Tanzimat ha culminé en Turquía por la 1re Constitución monarchique del 23 de noviembre de 1876, restablecida 1908.

Estos textos hacen teóricamente delImperio ottoman una monarquía constitucional donde las diferentes comunidades ethno-religiosas (Milliyet) son iguales derechos (es el modelo de las Constituciones libanesas, yougoslave o chypriote ), pero donde el culto musulmán resto religión de estado, el Sultan que es igualmente Calife.

Durante la Guerra de independencia turca, ( 1921), La Asamblea nacional en Ankara ha votado un texto constitucional que organiza los poderes públicos pero que determina los derechos y las libertades fundamentales de los ciudadanos haciendo réference a la Constitución monarchique de 1876 que es una constitución ampliamente revisada 1909. 1924, después del final delImperio ottoman y la instauración de la República en 1923, Mustafa Kémal "Atatürk" va mucho más lejos e inspira en la Asamblea de Ankara una nueva Constitución que permitirá hacer varias reformas sobre la laicidad, la igualdad entre los hombres y las mujeres, la instrucción obligatoria para todos, la prohibición del puerto de la ropa o signos religiosos (fez, velo) y sobre el alfabeto que reemplaza el alfabeto árabe (coranique) porel alfabeto latino. La Turquía moderna es fundado con esta Constitución que es llamada a menudo "la Constitución de 1924". El principio de la laicidad ha sido integré en la Constitución en 1937. Después del golpe de 27 de Mayo 1960, una nueva constitución ha sido adoptada continuación en un referéndum en 1961. La Constitución de 1961 reconocía lleno de derechos y de libertades en los ciudadanos e instauraba el Patio Constitucional para el amparo de los derechos y de las libertades fundamentales y el control de constitutionnalité de las leyes. Esta constitución era vigente hasta un golpe militar que tiene lugar el 12 de Septiembre de 1980. 1982, una nueva constitución ha sido adoptada por un réferandum. Esta constitución es todavía vigente pero ha sido revisada 15 vez. Ambas revisiones en 1995 y 2001 eran mayores. Una decimosexta revisión ha sido votada en la Asamblea. Pero para la adopción del texto, el pueblo turco tiene que decir "sí" al référandum que tendrá lugar el 12 de Septiembre de 2010

Constituciones de Asia
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Otras entidades políticas : Abjasia • Elevado-Karabagh • Hong Kong • Kurdistán • Macao • Osetia del Sur • Autoridad palestina • Territorio Británico en el Océano Índico • Tíbet

Notas

  1. Robert Byrd, The Senate of the Roman Republic, 1995, U. S. Government Printing Oficio, Senate Documento 103-23, p.161

Ver también

Sobre los demás proyectos Wikimédia :

Artículos connexes

Vínculos externos

Constitución alemana
Constitución belga
Constitución camerounaise
Constitución canadiense
Constitución de Estados Unidos
Constitución francesa
Jerarquía de las normas en derecho francés

Inspiración : Hans Kelsen y Normativisme.

Bloque de constitutionnalité

Bloque de conventionnalité

Bloque de legalidad

Principios generales del derecho

Reglamento (Decreto · Decreto)

Actos administrativos (Circular · Directiva)

Constitución iraní
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