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Vila

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El término villa tiene básicamente una sola acepción, si bien con alguna variando producto de matices históricos, o bien de uso espontáneo de los hablantes de catalán, sobre todo de zonas rurales.

En efecto, una villa es un núcleo de población de una cierta entidad, por causas económicas (mercado, por ejemplo, o abundor de comercios), sociopolíticas (ninguno de una comarca o sotscomarca o, antiguamente, de un señorío), religiosas (ninguno de un obispado o de un centro religioso importando), culturales, históricas...

Se trata de una población que ha recibido a lo largo de la historia ciertos reconocimientos explícitos, como determinados privilegios (por ejemplo, el de celebrar ferias o mercados) de la autoridad reconocida, pero que, por razones diversas, tampoco le ha sido concedida la categoría superior, la de ciudad . En algunos casos existen documentos antiguos, sobre todo medievales y de la edad moderna, que la categorizan como villa; en otros casos es el mismo uso, derivado de la costumbre popular, que la ha denominado siempre como villa por su importancia dentro de su entorno.

La villa cerrada de Figuerola d'Orcau

Las características propias de cada villa han hecho que se las denominara a veces con adjetivos que complementaban esta categoría: villa cerrada si el núcleo de población se cerraba con una murada a menudo hecha por las mismas casas, con portales de acceso (en algunos casos, con murallas, pero la mayoría sin, puesto que las paredes exteriores de las casas hacían de muro de la villa); villa franca si había sido una concesión real en zona de forestación con una serie de privilegios, sobre todo comerciales, denominados franquezas, villa nueva, si simplemente se construía en zona de forestación, con o sin precedentes de poblamiento en el mismo lugar, o si se trataba de una ampliación extramuros de una villa cerrada. Es interesante de observar que casi todos los municipios de la isla de Mallorca son villas, algunas de las cuales han acontecido ciudades.

Prácticamente todas son de origen medieval. Típicamente, constituían una agrupación de población que contrastaba con el poblamiento rural, donde el poblamiento era disperso o la unidad era el pueblo o la parroquia, notablemente más pequeño o sin núcleo agrupado, por lo cual pronto se produjo una contraposición entre la villa y las personas que vivían fuera villa, es decir, en hábitat diseminado como las masías, o en agrupaciones alrededor de una iglesia parroquial, origen del pueblo (muchos pueblos, por pequeños que sean, conservan todavía el topónimo sagrera, que designaba el territorio sagrado de treinta pasas alrededor de la iglesia, fruto de la Paz y Tregua donde todo el mundo quedaba bajo protección eclesial).

A las villas se agrupaban a menudo los artesanos y los comerciantes estables. De este modo, las villas fueron cogiendo un carácter urbano, con una clase social, antiguamente llamada menestralia, que tenía oficios y formas de vida diferentes del habitual en el ámbito del campesinado, de forma que ya a la Baja Edad Media empezaron a suscitarse conflictos sociales entre los de la villa y los del campesinado.

Las villas que con el paso del tiempo crecieron mucho número de habitantes o adquirieron importancia por causas diversas, fueron llamadas ciudad, para lo cual hacía falta, preceptivamente, el nombramiento de la máxima autoridad civil: el rey, casi siempre, o el presidente de la república, en algunos casos.

Tanto el título de villa como el de ciudad son títulos vigentes, que es posible todavía de conceder hoy en día, siempre por la máxima autoridad política legal del país (rey o presidente de la república). Se trata de una gracia concedida, a menudo como respuesta positiva a una petición de la población interesada. Actualmente, pero, es una práctica en desuso (más la del nombramiento de villa que la del nombramiento de ciudad), pero no del todo descartable, puesto que legalmente es posible, siempre como distinción honorífica, que hoy no comporta ningún tipo de privilegio real. Otro tema sería, pero, el de su interés o utilidad práctica (razón principal por la cual ha caído en desuso).

Aun así, en la última remodelación de la Ley municipal vigente en Cataluña en la actualidad, publicada al Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña el 20 de mayo del 2003 se dio un tumbo importante al tema, desnudando las intitulacions de villa y ciudad de todo tipo de privilegios y concesiones graciosas de la autoridad vigente, y estela en un título que es opcional a partir de unos mínimos de aplicación automática. En efecto, la ley mencionada aporta el siguiente: Artículo 34. Nombre del municipio. 34.1 Los municipios pueden anteponer a su nombre el título de villa si tienen más de cinco mil habitantes y el de ciudad si tienen más de veinte mil. La adopción o la modificación del tratamiento tiene que ser acordada por el ayuntamiento, el cual tiene que dar cuenta al Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales. 34.2 No obstante el que dispone el apartado 1, los municipios mantienen los títulos y los honores que los hayan sido reconocidos. Cataluña es el único territorio de habla catalana que tiene explicitado en una ley el tratamiento de los títulos de villa y ciudad .

En la actualidad, el título de villa es en todas partes puramente honorífico. Ninguno de las leyes municipales actualmente vigentes concede nada de especial a ningún municipio por el hecho de poder ostentar los títulos de villa o de ciudad (otra cosa son las ventajas fiscales derivadas del número de habitantes y otros conceptos cuantitativos). Cataluña tiene legislado cómo se puede obtener este título honorífico, pero en el País Valenciano, la Cataluña Norte, las Islas Baleares y la Aragón no ha prevista ninguna modernización legal del tema y, por lo tanto, continúa siendo una gracia otorgada por el poder establecido, como el antiguo régimen.

Con el paso del tiempo, sobre todo en los últimos 150 años, con los cambios de poblamiento debido a los fenómenos migratorios y del consiguiente desequilibrio territorial, se ha producido una profunda transformación en cuanto a la misma categoría de villa, hasta el punto que algunas villas son, de hecho, iguales en todos los sentidos que los pueblos que las rodean. Incluso algunas villas han perdido algo que antiguamente los era inherente: tener territorio propio, administrado desde la villa. Este territorio propio, en los últimos doscientos años llamado municipio, tenía uno de sus orígenes precisamente en las villas (otros orígenes de los actuales municipios son los señoríos o las jurisdicciones eclesials). Así, actualmente se da la paradoja que algunas villas han sido agrupadas a municipios más grandes, donde hay otras villas o ciudades. El caso más conocido, pero no el único, es el de la villa de Gràcia , integrada hace unos cien años en el término de la ciudad de Barcelona .

El término villa está etimológicamente ligado al de villa, pero hace falta no confundirlos, dado que en la actualidad el término con ele geminada se reserva por las masías o casas romanas, o bien para ciertas casasde veraneo, que tradicionalmente han sido denominadas de este modo. Las primeras villas nacieron del fortalecimiento de las villas romanas, que a menudo eran ya agrupaciones de construcciones, donde vivían los amos y todos los sirvientes de la explotación (podían llegar a ser entre treinta y cincuenta).

Hay muchos topónimos que empiezan con Vila. Tanto se puede tratar de la evolución de estas villas romanas, como de poblamientos posteriores, en el sentido de las primeras definiciones que hemos hecho. Se encuentra tanto la palabra villa en masías aisladas, la Vila, como en la primera parte del topónimo compuesto de muchas poblaciones: Vilafranca del Maestrat, Vilanova i la Geltrú, Vilaür, Sant Julià de Vilatorta, Vilabella... En algún caso se llega a dar que una población llamada villa ha ascendido a la categoría de ciudad ; aun así, no ha perdido el nombre antiguo de villa. Es el caso de la Vila Joiosa, por ejemplo.

Bibliografía

Enlaces externos

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