La Generalitat de Cataluña es el sistema institucional en que se organiza políticamente el autogobierno de Cataluña . Tiene su origen en las diputaciones permanentes creadas para gobernar la administración entre reuniones de las Cortes a los diferentes territorios de la Corona de Aragón y que dieron lugar a la Diputación del General de Cataluña (1359), a la Diputación del General del Reino de Aragón (1362) y a la Diputación del General del Reino de Valencia (1412). Su sede oficial es el Palau de la Generalitat de Cataluña en la ciudad de Barcelona .
La Generalitat de Cataluña tiene sus orígenes en las Cortes Reales Catalanas, las cuales, durante el reinado de Jaume Y el Conquistador (1208-1276), se reunían convocadas por el rey como representativas de los estamentos sociales de la época. Bajo Pere II el Grande (1276-1285) las Cortes Reales Catalanas tomaron forma institucional. El rey se obligó a celebrar "General Corte" cada año. Las Cortes ejercían funciones de consejo y también legislativas por medio de los tres "brazos" que las componían: el eclesiástico (clerecia), el militar (nobleza) y el popular o cámara real (villas y ciudades sometidas directamente en el gobierno del rey). El conjunto era llamado "lo General de Cathalunya".
El primer paso hacia la institución de la Generalitat se produce a las Cortes celebradas en Monzón (la Aragón) en el año 1289, cuando es designada una "Diputación del General", comisión temporal para recaudar el "servicio" o tributo que los "brazos" concedían al rey a su ruego. Este impuesto se conocía popularmente como Derechos de General o generalidades , nombre que se exportó en Francia donde se crearon las Généralités, distritos fiscales. Con el tiempo el nombre oficioso de Generalitat acabó suplantando el nombre oficial de Diputación del General.
A las Cortes de 1358-1359, celebradas en Barcelona, Vilafranca del Penedès y Cervera bajo el reinado de Pere III el Ceremonioso (1336-1387), y debido al gran coste para repeler las incursiones castellanas enla Aragón y en Valencia, las Cortes designaron el 19 de diciembre[1] a 12 diputados con atribuciones ejecutivas en materia fiscal y unos "oyentes de cuentas" que controlarían la administración bajo la autoridad del que se podría considerar primer presidente de la Generalitat, Berenguer de Cruïlles, obispo de Girona (1359).
Al interregno producido a la muerte de Martí el Humano y con el nombramiento de Ferran Y como rey, la Generalitat da un paso importando en su autogobierno. Si la Generalitat había nacido como una "delegación entre cortes", poco en poco había ido asumiendo responsabilidades políticas y de defensa del territorio, ayudando al rey y disponiendo de sus propias armas navales. Esta posición menos subordinada, junto a la débil posición inicial del rey, permite reforzar normativamente los derechos de Cataluña y hacer una compilación de las Constituciones catalanas. A las Cortes de Barcelona del 4 de enero de 1413 , el rey acepta una reforma que da autonomía a la Generalitat en el nombramiento del suyos diputados sin intervención real ni aprobación. Además, regula la duración de los mandatos, el proceso electoral y las sustituciones de los diputados.
El nuevo sistema de elección de los diputados fue tildado de irregular y carecido de control. A las Cortes de 1455, y para evitar el nepotismo oligárquico, se introdujo el sistema de insaculació: los diputados salientes elegían doce candidatos de entre los cuales se elegía uno al azar.
El 1641, Pau Claris 94è presidente de la Generalitat de Cataluña, proclamó la República Catalana, y poco después, Lluís XIII de Francia es proclamado conde de Barcelona.
Aunque a la Guerra de Sucesión la Generalitat ocupó un lugar secundario, puesto que fue la Junta de Brazos la que tenía el mando, los Decretos de Nueva Planta de Felip V, el 16 de septiembre del 1714, liquidaron de hecho la institución centenaria, transgredint las Constituciones catalanas.
El pretendiendo Carles VII llamó a la revuelta el 15 de abril de 1872 y fue escuchado por el País Vasco y Cataluña donde dispuso de la colaboración de Ramon Cabrera.
Uno de los motivos que empujó Cataluña a sumarse a la revuelta fue la prometida de restauración de las Constituciones catalanas, abolidas por los Decretos de Nueva Planta de Felip V (1714), y la restauración de la Generalitat de Cataluña. El 1872 impulsó la lucha carlina que se extendía en Cataluña envinant- su hermano Alfons Carles de Borbón. La lucha continuó hasta la proclamación de Alfons XII el 1874, y el 1875 su hermano tuvo que pasar en Francia, dándose la guerra por acabada el 19 de noviembre de 1875 . En el País Vasco, después de la batalla de Montejurra el 17 de febrero de 1876 , Carles VII pasó en Francia (27 de febrero de 1876 ) y el mismo día Alfons XII entró a Pamplona . La derogación de los Decretos de Nueva Planta de Felip V y la restauración de la Generalitat de Cataluña se daba por acabada.
El 14 de abril de 1931 , después de las elecciones que dieron la mayoría a su partido, Esquerra Republicana de Cataluña, Francesc Macià proclamó la República Catalana desde el ayuntamiento de Barcelona.
Esta proclamación preocupó el gobierno provisional de la República, que envió en avión en Barcelona, el día 18 de octubre los ministros Fernando de los Ríos, Marcel·lí Domingo, y Lluís Nicolau de Olwer. Después de tenses conversas, se llegó al acuerdo que el consejo formado en Barcelona, actúe como gobierno de la Generalitat de Cataluña (ved Generalitat republicana). La recuperación de un nombre histórico en el cual, nadie había pensado antes, permite resolver el conflicto y abre el camino a una nueva forma de autonomía catalana.
Un golpe acabada la Guerra Civil española de 1936 -1939, la Generalitat se exilió. El nuevo régimen franquista reprodujo la represión de Felip V y, además, abolí las instituciones de la Generalitat. Su presidente, Lluís Companys, defensor de la legalidad constitucional republicana, fue detenido con la colaboración nazi de la Gestapo, le fue aplicada la extradición y lo volvieron a España, donde fue juzgado en consejo de guerra, condenado a muerte y fusilado en el castillo de Montjuic (1940).
Muerto el presidente Companys, Josep Irla, último presidente del Parlamento catalán, se hizo cargo de la presidencia de la Generalitat al exilio hasta que, en el año 1954, lo sucedió Josep Tarradellas, también al exilio.
Nuevamente, el centralismo impuso los gobernadores civiles y las diputaciones provinciales, y al Palau de la Generalitat se instaló un golpe más la Diputación de Barcelona . Esta división provincial ignoraba la división territorial comarcal, tradicional en Cataluña.
Después del restablecimiento de la democracia en España,[2] se crea por decreto el Consejo General de Cataluña.[3] Después de las elecciones legislativas españolas (15 de junio de 1977), la Generalitat fue restablerta provisionalmente, el 29 de septiembre de 1977 ,[4] antes de la aprobación de la Constitución española de 1978, y ocupó nuevamente el Palau de la Generalitat. En diciembre de 1979 fue promulgado el Estatuto de Autonomía, y a los comicios convocados el 20 de marzo de 1980 fueran elegidos los 135 diputados del Parlamento de Cataluña. El 10 de abril de aquel mismo año se constituía el Parlamento. Finalmente, con la elección del presidente del Parlamento y del presidente de la Generalitat, que formó el primer Gobierno estatutario, la Generalitat quedó nuevamente constituida.
En la actualidad, según el Estatuto de Cataluña, la Generalitat de Cataluña es el sistema institucional en que se organiza políticamente el autogobierno de Cataluña . Está formada por el Parlamento de Cataluña, por el Consejo Ejecutivo o Gobierno , por la Presidencia de la Generalitat y por las otras instituciones que el Estatuto y las leyes establecen.
El Parlamento de Cataluña representa el pueblo de Cataluña. Ejerce la potestad legislativa, aprueba los presupuestos de la Generalitat y controla e impulsa la acción política y de Gobierno. Ejerce, así mismo, las otras competencias que le son atribuidas por el ordenamiento jurídico y en especial porel Estatuto de Cataluña.
El Presidente de la Generalitat de Cataluña tiene la más alta representación de la Generalitat y dirige la acción del Gobierno. También tiene la representación ordinaria del Estado en Cataluña.
El Consejo Ejecutivo de Cataluña o Gobierno es el órgano superior colegiado que dirige la política y la Administración de la Generalitat de Cataluña. Es así mismo titular de la función ejecutiva y de la potestad reglamentaria.
El Consejo de Garantías Estatutarias de la Generalitat de Cataluña (antiguamente Consejo Consultivo) es un organismo de carácter consultivo que dictamina, en los casos que la ley establece, sobre la adecuación al Estatuto de autonomía de los proyectos o proposiciones de ley sometidos a debate y aprobación del Parlamento. Vela además, en su actuación, por la observancia y el desempeño de la Constitución y del Estatuto de Cataluña.
El Síndico de Agravios tiene la función de proteger y defender los derechos y las libertades que reconocen la Constitución y el Estatuto. Con cuyo objeto supervisa la actividad de la Generalitat, la de los organismos públicos o privados vinculados que dependen, la de las empresas privadas que gestionan servicios públicos o cumplen actividades de interés general o universal. Así mismo, supervisa la actividad de la Administración local de Cataluña y de los organismos que dependen.
La Sindicatura de Cuentas es el órgano fiscalitzador externo de las cuentas, de la gestión económica y del control de eficiencia de la Generalitat, de los entes locales y del resto del sector público de Cataluña.
El Consejo del Audiovisual de Cataluña es la autoridad reguladora independiente en el ámbito de la comunicación audiovisual pública y privada. El Consejo actúa con plena independencia del Gobierno en el ejercicio de sus funciones.
La Comisión Jurídica Asesora es el alto órgano consultivo del Gobierno de la Generalitat de Cataluña. Ejerce sus funciones con autonomía orgánica y funcional, para garantizar la objetividad y la independencia, de acuerdo con el Estatuto de autonomía y la Constitución.
2003. Apertura de la Casa de la Generalitat en Perpiñán.
2009. Apertura del Espacio Llull al Alguer.
La Generalitat además de contar con una representación en Madrid y Bruselas dispone a la ampara de los artículos 193 y 194 del Estatuto de Autonomía de varias delegaciones al extranjero:
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