| Especies de Fauna con programas de conservación en Cataluña |
Especies sobre las que se han realizado o se están realizando diferentes programas de seguimiento, gestión y/o conservación en Cataluña[2]
|
En términos generales, una especie amenazada (de fauna o flora ) es aquella que podría llegar a encontrarse en peligro de extinción si siguen operante factores que ocasionan deterioro o modificación del hábitat o que disminuyen sus poblaciones.
Para que los términos de especie amenazada o de especie en peligro puedan ser útiles a efectos científicos o de conservación, estas especies tienen que ser clasificadas en estas categorías siguiendo unos criterios predeterminados que disminuyan al máximo la subjetividad de la categorización.
La organización UICN (International Union for Conservation of Nature and Natural Resources) determina en las especies que evalúa y que cuentan con datos suficientes, el grupo de especie amenazada subdividido en las categorías, con incremento del riesgo, de vulnerable , en peligro y en peligro crítico.
La dinámica de las poblaciones biológicas hace que el estado de conservación de algunas especies se tenga que reclassificar a lo largo del tiempo. Por ejemplo el antílope saiga (Saiga tatarica) del Asia Central ha disminuit la población desde un millón de ejemplares el 1993 a sólo 50.000 el 2008[3] y ha pasado en estos años de la categoría de mantenido con medidas de conservación a la de peligro crítico. También hay especies como el talpó de Baviera (Microtus bavaricus) considerado extinguido y que con la aparición de algunos ejemplares pasa a la categoría de en peligro crítico.
La Lista Roja de la UICN es el inventario más completo del estado de conservación de las especies de la fauna y la flora a nivel mundial; en su edición de 2008 registraba 16.928 especies amenazadas.[4] Esto implica que aproximadamente el 40% de las especies estaban amenazadas.[5]
En España se publican también catálogos propios de especies amenazadas, tanto de carácter estatal como autonómico, en total hay unas 1.200 especies amenazadas. De las especies animales peninsulares, la más amenazada es el lince ibérico (Lynx pardinus).
Mesa de contenidos |
El estado de conservación de una especie es un indicador de la probabilidad que esta especie amenazada no viva. Se tienen en cuenta muchos factores a la hora de determinar el estado de conservación de una especie; no sólo el número de ejemplares que quedan, sino el aumento o la reducción de las poblaciones a lo largo del tiempo, la tasa de éxito en la cría, las amenazas conocidas, etc. La Lista Roja de la UICN es el listado más conocido de estados de conservación.
A nivel internacional, 194 países han firmado un acuerdo para crear Planes de Acción para la Biodiversidad para proteger especies amenazadas y en peligro.
La Lista Roja de la UICN utiliza el término "especie amenazada" como una categoría específica de amenaza, y no como término general. Según las Categorías y Criterios de la UICN, "especie amenazada" es un grado intermig entre "en peligro crítico" y "vulnerable". Las especies en "peligro crítico" también pueden ser contabilizadas como especie amenazada.
Las categorías de la UICN incluyen:
De hecho la UICN cuantifica las categorías En peligro crítico, Amenazada y Vulnerable como las categorías que incluyen las especies amenazadas.
Una especie es encuentra en peligro crítico cuando corre un riesgo extremamente elevado de extinción en el futuro inmediato. Según el criterios contemplados por IUCN este hecho se mujer cuando se cumple alguno de los siguientes criterios (de forma esquemática) : [8]
| Algunas Especies en Peligro Crítico |
|
Una especie es encuentra amenazada cuando corre un riesgo muy alto de extinción en el futuro próximo. Según el criterios contemplados por IUCN este hecho se mujer cuando se cumple alguno de los siguientes criterios (de forma esquemática) :[17]
Una especie es vulnerable cuando corre un riesgo alto de extinción a medio término. Según el criterios contemplados por IUCN este hecho se mujer cuando se cumple alguno de los siguientes criterios (de forma esquemática) :[18]
La biología de la conservación es una reciente disciplina científica de síntesis que surgió a la década del 70, y con más fuerza en la del 80, como respuesta a la inminente pérdida de la diversidad biológica.[19] Se ocupa de explorar las causas de la disminución y la rareza de las especies y que se puede hacer para disminuir los problemas de las poblaciones amenazadas.
Es una disciplina amplia, que necesita contribuciones de campos tan diferentes como la ecología, la genética , la biogeografía, la biología del comportamiento, las ciencias políticas, la sociología , la antropología, etc.[20]
Hay tres principios que guían la biología de la conservación: [20]
El campo de la biología de la conservación está avanzando en dos frentes apoyados por dos conjuntos de ideas que se superponen en parte.[21] Estos dos enfoques han sido denominados «los dos paradigmas de la conservación»: el Paradigma de las Poblaciones Pequeñas, y el Paradigma de la Disminución Poblacional. El primero se refiere a los riesgos de extinción inherentes a medidas poblacionales pequeñas, que son fundamentalmente resultado de un incremento en la exposición a estocasticitat demográfica y ambiental, y a la pérdida de variabilidad genética. El segundo se ocupa de los procesos por los cuales el riesgo de extinción de las poblaciones se incrementa por razones ajenas a estas, y de cómo paliarlos. Es decir, trata sobre los agentes que traen a la disminución poblacional.
La cría en cautividad es el proceso que consiste al criar especies raras o amenazadas en medios restringidos controlados por los humanos, como por ejemplo reservas naturales, parcos zoológicos u otras instalaciones de conservación.
Esta técnica ha sido utilizada con mucho de éxito con algunas especies desde hace un tiempo. Probablemente, los ejemplos más antiguos de reproducción en cautividad eran las ménageries de los soberanos europeos y asiáticos, siendo un ejemplo el ciervo del Padre David. Aun así, las técnicas de cría en cautividad suelen ser difíciles de implementar por las especies muy móviles, como algunos pájaros (ej., las grúas) y pescados (Tenualosa ilisha) migratorios. Además, si la población criada en cautividad es demasiado pequeña, se puede producir consanguinidad debido a la reducción del patrimonio génico; esto puede hacer que la población carezca de inmunidad a ciertas enfermedades.
El zorro gris de las islas Santa Bàrbara está amenazada |
La nutria marina está amenazada |
Pila de cráneos de bisó americano. El 1890 sólo quedaban 750 debido a una sobrecaça por motivos económicos. |
Cría de cóndor de California |
Tortuga careta o tortuga babaua |
Ambystoma macrodactylum |
Scleropages formosus |
Un lince ibérico, el mamífero más amenazado de Europa |
La extinción del Holoceno o Sexta extinción es un nombre dado a la extinción sostenida y generalizada de especies que pasa en el último periodo geológico, el Holoceno. La extinción alcanza desde el mamut hasta el dodo, incluyendo incontables especies que desaparecen cada año.
La extinción masiva del Holoceno comprende la notoria desaparición de mamíferos grandes, conocidos como megafauna, cerca del final de la última glaciación entre 9.000 y 13.000 años atrás. Estas desapariciones se han considerado como consecuencia del cambio climático, como resultado de la diseminación y proliferación del humano moderno, o ambas.
Estas extinciones implican a muchas familias de plantas y animales. Al inicio del Holoceno, después de la última glaciación, se trata principalmente de los continentes e islas recientemente conquistadas porla Homo sapiens las que vieron desaparecer sus principales especies. Desde principios del siglo XIX, y en aceleración constante desde el decenio de 1950, las desapariciones implican a especies de todas las medidas, y se producen principalmente en las selvas tropicales, que tienen una gran biodiversidad. La actual tasa de extinción es de 100 a 1000 veces la media encontrado a la historia natural de la evolución del planeta[22] y el 2007 la Unión Internacional por la Conservación de la Natura considera que una especie de ave de cada ocho, una de mamíferos de cada cuatro, una de anfibios de cada tres y el 70% de todas las plantas están en peligro.
| Especies destacadas en lo informo planeta vive 2008 |
Lo informo planeta vive 2008 destaca un par de especies donde la impronta humana es fuerza evidente.
|
La huella o impronta ecológica es un concepto que sintetiza el impacto de la actividad humana sobre el medio mediante un valor de superficie , expresando las hectáreas de terreno que es necesario cultivar para proveernos de alimentos, para tener una vivienda, para calentarnos, para desplazarnos a trabajar o estudiar, para ir de vacaciones, para consumir todo tipo de productos, etc. Su objetivo fundamental consiste a evaluar el impacto sobre el planeta de un determinado modo de vida y, consiguientemente, de su grado de sostenibilidad .
Según lo informo planeta vive 2008, publicado el 28 de octubre de 2008, advierte que estamos consumiendo los recursos que sustentan estos servicios demasiado rápido,a mayor velocidad que el tiempo que se requiere para renovar. El estudio muestra que en los últimos 35 años, se ha perdido casi un tercio de la vida silvestre de la Tierra. Nuestra impronta global ahora excede en casi un 30% la capacidad del planeta de regenerar. Si nuestras demandas en el Planeta continúan a este ritmo, a mediados de la década de 2030 aprecio que será necesario el equivalente en dos planetas para mantener nuestro estilo de vida.[23] El informe indica que las especies silvestres y los ecosistemas están bajo presión en todos los biomas y en todas las regiones del mundo. Las amenazas antropogèniques directas a la biodiversidad a menudo se agrupan en cinco categorías: pérdida, fragmentación o cambio de hábitat (especialmente debido a la agricultura), sobreexplotación de especies (especialmente debido a la pesca y la caza ), contaminación, diseminación de especies o nada invasores, y cambio climático.[24]
Se estima que anualmente el comercio internacional de vida silvestre se eleva a miles de millones de dólares y afecta a centenares de millones de especímenes de animales y plantas. El comercio es muy diverso, desde los animales y plantas vivas hasta una amplia gama de productos de vida silvestre derivados de los mismos, como los productos alimentarios, los artículos de cuero de animales exóticos, los instrumentos musicales fabricados con madera, la madera, los artículos de recuerdo para los turistas y las medicinas. Los niveles de explotación de algunos animales y plantas son elevados y su comercio, junto con otros factores, como la destrucción del hábitat, es capaz de menguar considerablemente sus poblaciones e incluso hacer que algunas especies estén al lado de la extinción.[25]
Este hecho trajo a la década de 1960 a abrir un debate internacional sobre la reglamentación del comercio de vida silvestre en favor de la conservación. El CITAS surgió de una resolución adoptada el 1963 por miembros de la UICN; su texto fue acordado por representantes de 80 países el 3 de marzo de 1973 en Washington DC, y se empezó a aplicar el 1 de julio de 1975.[25]
La CITAS (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) es un acuerdo internacional concertado entre los gobiernos. Tiene por finalidad velar porque el comercio internacional de especímenes de animales y plantas silvestres no constituya una amenaza para su supervivencia. A octubre de 2008, tiene 173 miembros.[25][26]
En general, la legislación CITES regula la importación , exportación, introducción a la Unión Europea, reexportación de animales (fauna) y plantas (flora), vivos o muertos, así como sus partes o derivados, mediante un sistema de autorizaciones, permisos y certificados que se expiden.[27]
Los Estados Miembros de la Unión Europea, en aplicación del Reglamento (CE) 338/97, tienen que desarrollar legislaciones nacionales que sancionen el incumplimiento de las disposiciones reglamentarias CITAS. En España se ha introducido el comercio de especies protegidas en el código penal: Incurrirán en delito de contrabando si el valor de los bienes sea igual o superior a 18.030,36 euros, y en infracción administrativa si el valor se inferior a esta cantidad.[27]