Bulas Alejandrina es el nombre colectivo que se da al conjunto de documentos pontificios que otorgaron a los reyes de Castilla y León el derecho a conquistar América y la obligación de evangelizar la, emitidos por la Santa Suyo a 1493 a petición de los Reyes Católicos, la influencia ante el Papa Alexandre VI (de la valencia na familia Borja o Borja ) era bastante poderosa cómo para conseguirlas.
Fueron cuatro documentos: el breve Inter Caetera , la bula menor también llamada Inter Caetera , que es la más conocida y la que menciona por primera vez una línea de demarcación al Atlántico, la bula menor Eximiae devotionis y la bula Dudum siquidem . [1]
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El hecho que el 1493 no se supiera de la existencia de un Nuevo Mundo entre Europa y Asia no saca validez a la donación. Se sancionaba a la práctica un reparto del mundo entre las dos potencias que optaban a esto: Castilla y Portugal . No es casualidad, todo contribuye a esto: la coyuntura del final de la Reconquista, la modernidad de su sistema político (las monarquías autoritarias de las dos), la dinámica de sus economías (la lana castellana para el siglo XV se ha comparado al petróleo para el XX), la geografía (ocupan el ángulo sur-occidental de Europa), las bases avanzadas de Canarias y Azores , el capital humano de sus marineros (que heredan y actualizan cada generación su información sobre el Atlántico) con el añadido de las colonias italianas, y su tecnología naval punta.
Las bulas, a pesar de ser un triunfo catalán tenían una clara componente arbitral (reconocida por Pere Mártir de Anglería) en las seculares negociaciones por las rutas atlánticas de la costa occidental africana, revalorizadas desde el descubrimiento de la Cabeza de Bona Esperança y desvaloritzat desde el descubrimiento de Colom. Si hasta entonces se habían repartido con una división norte-sur siguiendo la frontera un paralelo (interpretación controvertida del Tratado de Alcaçovas, 1479), ahora se hacía el mismo de este a oeste siguiendo la frontera un meridiano: el que pasa a cien legua s de las Islas Azores y Cabo Verde.
El 11 agosto 1492 fue elegido nuevo Papa el cardenal arzobispo de Valencia Rodrigo Borja, que pasó a denominar-Alexandre VI. Este cardenal tenía una relación estrechada con Isabel y Fernando des 1472, cuando como legado papal a la Península había favorecido su reconocimiento como herederos al trono catalán, sobre todo al facilitarlos la bula papal de dispensa que autorizó su matrimonio a pesar de ser primos segundos. Ferran le había correspondido dejando acaparar cargos eclesiásticos en sus dominios y otorgando favores a sus hijos: ducado de Gandia por Pedro Luis (1485), arquebisbat de Valencia por Cèsar (1492) y mano de Maria Enríquez, primera del Rey, por Joan (1493). [2]
Las negociaciones entre los Reyes Católicos y el Papado se llevaron con tanto secreto que hasta ahora (1992) no se han encontrado instrucciones ni despachos diplomáticos sobre ellas. [3] Se cree que el principal negociador por parte de los Reyes fue Bernardino López de Carvajal, obispo de Cartagena y embajador permanente a Roma, que pronunció un famoso discurso ante el Colegio Cardenalici el 19 de junio de 1493. Por sus servicios, de Carvajal fue nombrado cardenal a petición de los Reyes el 20 de septiembre del mismo año. [3]
Bajo el término Bulas Alejandrina se incluyen los cuatro documentos siguientes, todos ellos emitidos por el papa Alexandre VI el 1493 a favor de Ferran e Isabel, como reyes de Castilla y León: [1]
Se cree que las bulas fueron escritas en fechas diferentes del que indican sus fechas respectivas. El breve Inter Caetera tuvo que ser redactado y firmado durante el mes de abril, enviado a la península ibérica el 17 de mayo y recibido una o dos semanas después. [4] Los Reyes Católicos enviar a finales de mayo instrucciones a su embajador a Roma para conseguir una bula más favorable, lo cual trajo a la emisión de la bula menor Inter Caetera en junio. Esta bula llegó a Sevilla el 19 de julio y los reyes se la reenvia a Colom el 4 de agosto. La Eximiae devotionis fue escrita en julio y la Dudum siquidem en diciembre. [1]
En las bulas se precisa que se concede el dominio sobre tierras descubiertas y para descubrir en las islas y tierra firme del Mar Océano, para ser tierras de infiel es en las que el Papa, como vicario de Cristo a la Tierra, tiene potestad para hacerlo. La concesión se hace con sus señoríos, ciudades, castillos, lugares y villas y con todos sus derechos y jurisdicciones porque los Reyes Católicos tuvieran tal dominio "como señores con llena, libre y absoluta potestad, autoridad y jurisdicción", sin más condición que la de no perjudicar a otro príncipe cristiano que pudiera tener un derecho reconocido en ellos, y se excluye a toda otra persona de cualquier dignidad, estado, grado, orden o condición, incluso imperial o real, en el comercio o en cualquier otra cosa, sin licencia expresa de los Reyes Católicos. Las bula s, por lo tanto, decretaba la excomunión para todos aquellos que osas viajar a las Indias por el oeste sin autorización de los reyes de Castilla. La única contrapartida de la donación es la obligación correspondiente a los reyes de evangelizar las tierras concedidas.
Las consecuencias de las Bulas Alejandrina en las relaciones internacionales fue escaso. Tanto Francia como Inglaterra las ignorar puesto que las iglesias nacionales de los dos estados no reconocían la jurisdicción suprema del Papa, ni siquiera en asuntos eclesiásticos y mucho menos en asuntos temporales. [4]
Portugal, que era la potencia más directamente perjudicada por estas Bulas, abrió una negociación diplomática directa con los Reyes Católicos que culminó en la firma del Tratado de Tordesillas (1494), el cual fijó un meridiano de demarcación entre castellanos y portugueses a 370 leguas al oeste de las islas de Cabo Verde, el que hizo que al menos una parte del territorio del actual Brasil quedara en la zona portuguesa. El Tratado estipuló claramente que, si bien se pediría a la Santa Suyo confirmación del acuerdo, ninguno de las partes podría ser dispensada de cumplir por el sol motu proprio </cite> papal. [4]
| « | ... juraron de no pedir Absolution ni rrelaxagion el a nuestro muy Santo Padre, (...) y aunque propio motu Hiela den, no utilizarán della, antes (...) supliquen (...) que Sano Santidad pliega confirmar y aprobar este dicho capitulation, segunda se contiene y enviando expedir sobre esto sus Bullas ... | » |
| —Tratado de Tordesillas, versión en catalán ratificada por los Reyes Católicos [5] | ||
A pesar de no haber tenido ninguna consecuencia práctica, las Bulas Alejandrina se consideran tradicionalmente el primer hito del Derecho Indiano, [6] que se define como el conjunto de normas jurídicas vigentes en América durante la dominación española.
Algunos autores han afirmado que el Papado se limitó a actuar como fedatario mayor, registrando cada uno de los hechos importantes de los monarcas que se habían lanzado a la aventura del Descubrimiento. Otros juristas opinan que este documento se trataría únicamente de una concesión religiosa o pontificia otorgada por el Papa con determinadas condiciones y obligaciones. Las bulas conceden el dominio legal de unas tierras de infieles y por lo tanto sin amo legítimo a los Reyes Católicos a cambio de la obligación de "proteger y evangelizar a los indios". [7] Por su parte, para el catedrático de Derecho Canónico Manuel Giménez Fernández las Bulas Alejandrina se explican simplemente como un contuberni entre un papa corrupto y unos reyes ambiciosos. [8]
Otra cuestión de importancia jurídica es que la bula lo otorga el Papa a Isabel y Fernando como reyes de Castilla y León, no de Aragón , que queda al margen de la concesión. Además, los destinatarios son los reyes y sus herederos, no los reinos; matiz importante porque, si las tierras hubieran sido concedidas a los reinos, su jurisdicción marítima habría correspondido a los Almirantes de Castilla. [9]
Los debates intelectuales que provocaron estas Bulas incluyen la discusión de los justos títulos de dominio sobre América, o polémica de los naturales, que tuvo sus cumbres a la Junta de Burgos (1512) y la Junta de Valladolid de 1550-1551, donde se enfrentaron Juan Ginés de Sepúlveda y Bartolomé de lasCasas . Añadir referencias}}
Bibliografía:
Citas en línea:
Textos completos en latín de las Bulas alejandrina, a Viquitexts: